Unanimidad para la firma del IV AENC
Fecha: 04 Jul 2018
El 92,35% de las personas que han participado en la consulta se pronuncia a favor del acuerdo
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El AENC es imprescindible para romper el desequilibrio económico generado por la reforma laboral de 2012 y para repartir la riqueza
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Envía dos mensajes claros a los negociadores de los convenios colectivos: hay que subir los salarios más bajos a un mínimo de 1.000 euros al mes por catorce pagas, y subidas salariales generalizadas anuales en torno al 3%
El Comité Confederal de UGT ha aprobado por unanimidad la ratificación del Preacuerdo alcanzado el pasado 25 de junio entre UGT, CCOO, CEOE y CEPYME para orientar la negociación colectiva de los próximos tres años, conocido como IV Acuerdo para el Empleo y la Negociación Colectiva 2018-2020.
El Comité Confederal, máximo órgano de decisión del Sindicato entre Congresos, se ha reunido hoy en Madrid en convocatoria extraordinaria, bajo el eslogan #Pontea1000, teniendo como único punto del orden del día el análisis y posicionamiento respecto del preacuerdo que, en esta ocasión, y por primera vez, ha sido sometido a la consideración de las bases del Sindicato mediante una consulta desarrollada entre los días 26 de junio y 3 de julio, y cuyo resultado ha sido un apoyo mayoritario al contenido del acuerdo.
La Declaración aprobada por el Comité señala que “este acuerdo era imprescindible, como mecanismo necesario para romper el desequilibrio económico generado por la reforma laboral de 2012, enviando dos mensajes inequívocos a los negociadores de los convenios: de un lado, que los salarios deben crecer de manera generalizada y en un porcentaje suficiente (en torno al 3%), que posibilite que ganen poder de compra en todo el período; y de otro, la imperiosa necesidad de dignificar los salarios más bajos, situándolos en una cuantía mínima de 1.000 euros al mes en 2020, con 14 pagas”.
Cambiar la tendencia
El IV AENC 2018-2020 supone un cambio de tendencia en la evolución del marco socio-laboral de nuestro país que establece como prioridad la subida de los salarios, especialmente los más bajos, la recuperación de derechos, y la mejora de las condiciones laborales. El acuerdo contiene dos partes bien diferenciadas: la primera son indicaciones para orientar los convenios colectivos
-Subida salarial de entorno al 2% más 1% variable (evolución factores económicos) cada año hasta 2020
-Negociación progresiva hasta que ningún salario de convenio esté por debajo de los 1.000 euros anuales en 14 pagas en el año 2020
-Mantenimiento de las condiciones pactadas en convenio, durante el período que ocupe la negociación de su renovación
La segunda parte del Acuerdo tiene como objetivo implicar al Gobierno de España en una negociación tripartita sobre cuestiones concretas:
-Modificar la regulación de la subcontratación (art.42 ET)
-Recuperar las condiciones originales del contrato relevo
-Que los convenios puedan recoger la jubilación por cumplimiento de la edad ordinaria
-Medidas que favorezcan la igualdad laboral y salarial de hombres y mujeres
-Regulación de un nuevo mecanismo para facilitar el mantenimiento del empleo en empresas con dificultades económicas
-Modificación del sistema de Formación para el empleo
-Observatorio para el análisis del absentismo no deseado
-Facilitar el acceso a prestaciones al término del contrato
El Comité Confederal de UGT está compuesto por 120 personas en representación de las Federaciones y uniones de comunidad autónoma del Sindicato, más los miembros de la Comisión Ejecutiva Confederal.