No pararemos en la derogación del 52 d)
Fecha: 22 Feb 2020
Entrada en el blog "Valor Sindical" de Pepe Álvarez
Esta semana se ha aprobado la derogación del artículo 52d), el despido por ausencias aun justificadas medicamente que supusieran dos meses consecutivos siempre que el total de faltas de asistencia en los doce meses anteriores alcance el cinco por ciento de las jornadas hábiles, o el 25 % en cuatro meses discontinuos dentro de un periodo de doce meses, a salvo situaciones como la de accidente de trabajo y enfermedad profesional. Sin duda, esto es un logro de las organizaciones sindicales. Estábamos ante un precepto que sancionaba a los trabajadores por proteger su salud, por estar de baja médica.
Algo, que como ha señalado la reciente Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 17 de enero del 2020 contravenía numerosos documentos internacionales (Convenios 155 y 158 de la OIT y Cartas Social Europea, entre otros) y penaliza a las mujeres con un porcentaje de bajas médicas de periodo corto más alto que el de los hombres.