El acuerdo en pensiones supone una mejora para los pensionistas, el sistema y la sociedad

Fecha: 24 Sep 2021

Cristina Estévez analiza en una jornada el Acuerdo para la Modernización y Refuerzo del Sistema Público de Pensiones


La secretaria de Política Institucional y Políticas Territoriales de UGT, Cristina Estévez, ha participado junto al Secretario General de UGT-Navarra, Jesús Santos, en una jornada informativa en Pamplona para abordar los aspectos ya negociados en materia de pensiones, así como el estado de los puntos pendientes de concretar.

En su intervención, Cristina Estévez ha señalado que el acuerdo alcanzado “introduce mejoras para los pensionistas, para el sistema de pensiones y para la sociedad en su conjunto ya que los pensionistas recuperan el poder adquisitivo y las medidas de la reforma favorecerán al sistema de pensiones, mejorando su sostenibilidad. Además, el acuerdo clarifica el modelo de financiación de la Seguridad Social culminando el principio de separación de fuentes de financiación, tan reivindicado por UGT”.

Según ha explicado, “el acuerdo considera que la edad de salida efectiva del mercado de trabajo debe aproximarse tanto a la edad de jubilación legalmente establecida, -respetando los casos de jubilaciones anticipadas por actividad penosa y de personas con carreras de cotización precarias- y, para ello introduce medidas que priorizan el reforzamiento de los instrumentos de incentivo y desincentivo. En ese sentido, refuerza dos líneas básicas de actuación: fomentar la permanencia de los trabajadores en activo y atender a las situaciones de vulnerabilidad que la prolongación de la vida laboral pueda generar en determinados colectivos”.

Jubilación anticipada voluntaria e involuntaria

Cristina Estévez ha destacado que en el acuerdo “no hay cambios en la edad de jubilación anticipada voluntaria, que seguirá siendo la inferior en dos años, a la edad que en cada caso resulte la jubilación ordinaria. Además, los actuales coeficientes reductores de aplicación trimestral, pasan a aplicarse mensualmente, lo que beneficia a todas las personas que accedan a la jubilación antes de su edad legal, y se modifican con el fin de fomentar el desplazamiento voluntario de la edad de acceso a la jubilación y dar un tratamiento más favorable a las carreras de cotización más largas”.

En el caso de jubilaciones anticipadas involuntarias, Estévez ha manifestado que “se amplían las causas de extinción contractual que dan derecho al acceso a esta modalidad y se añaden supuestos eliminados por la reforma del PP pero además, se incrementa el derecho de acceso cuando las personas trabajadoras no les queda otra opción de jubilación y se reducen las penalizaciones en estos casos”.

Jubilación forzosa

En relación a la jubilación forzosa, el acuerdo “aporta mayor capacidad de decisión a las personas con la prohibición de las cláusulas convencionales que prevean la jubilación forzosa por el cumplimiento de una edad inferior a 68 años. Además, se exigirá que la persona afectada cumpla los requisitos para tener el cien por cien de la pensión ordinaria de jubilación en su modalidad contributiva y que se contrate indefinidamente y a tiemplo completo, a un nuevo trabajador”.

Fuente: UGT