Comunicado de UGT Andalucía sobre la entrevista publicada este lunes, 26 de agosto por ABC

Fecha: 20 Ago 2019

Con fecha 26 de agosto del presente, se ha publicado en ABC de Sevilla una entrevista con el Sr. Macías Chaves en la cual se realiza determinadas afirmaciones que no se ajustan a la realidad de los hechos, tal como se ha venido manteniendo por esta organización en reiteradas ocasiones.
 
En primer lugar y respecto a la supuesta condición de alertador del Sr. Macías Chaves y las consecuencias de dicha condición los hechos objetivos acreditan que nada de lo manifestado y recogido en la entrevista publicada se ajustan a la realidad.
 
El Sr. Macías Chaves fue objeto de despido por causas objetivas con efectos desde el 30 de noviembre de 2012.
Con fecha 04 de enero de 2014 se interpuso por esta organización una querella al entender que determinados hechos de los que pudiera ser autor el Sr. Macías Chaves, tal como se acreditaba en informe pericial que consta en las actuaciones, pudieran ser constitutivos de delito. Hechos que fueron posteriormente confirmados por las propias Fuerzas y Cuerpos de Seguridad actuantes en la causa.
El Sr. Macías Chaves, tal como indica en su entrevista, no presta declaración ante la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil, en adelante UCO, hasta el 15 de enero de 2014, declaración que prestaron tanto él como otros trabajadores y ex trabajadores de esta organización, y en un momento procesal en que la causa se encontraba bajo secreto.
Estos hechos son fácilmente comprobables por cualquier medio de comunicación que lo estime conveniente y acredita:
- Que la decisión de proceder al despido del Sr. Macías Chaves no tuvo relación alguna con su declaración ante la UCO, y ello por cuanto el despido se comunicó MAS DE 1 AÑO ANTES DE SU DECLARACIÓN.
- Que el inicio del procedimiento judicial seguido contra el Sr. Macías Chaves ante el Juzgado de Instrucción 11 de Sevilla y que va a ser objeto de juicio el próximo mes de noviembre, no es consecuencia de actuación alguna por su parte, dado que el mismo es muy anterior a su declaración ante la UCO, como se puede comprobar tanto por las fechas como por el levantamiento del secreto judicial.
Ninguna represalia se ha llevado a cabo desde esta organización contra el Sr. Macías Chaves por su declaración ante la UCO, todas las actuaciones que se han llevado a cabo son anteriores a la declaración efectuada por el Sr. Roberto Macías en fecha 15 de enero de 2014.
El Sr. Macías Chaves, y desde el respeto a su legitima estrategia de defensa, no ha sido denunciante de actuación alguna, no consta denuncia alguna interpuesta por él ante ningún órgano jurisdiccional o policial anterior a su declaración ante la UCO en fecha 15 de enero de 2014, declaración posterior al inicio del procedimiento judicial instado por esta organización. Como, tampoco, ha sido alertador o denunciante ante los medios de comunicación, tal como consta en su propia declaración efectuada en fecha 29 de noviembre de 2014 cuando indica que: No ha facilitado a la prensa ni a ninguna otra persona física o jurídica información de los archivos que tomaba de UGT para su trabajo.
En segundo lugar, y respecto a la situación procesal de quien fuera Secretario General de esta organización D. Manuel Pastrana, es perfectamente conocido por los medios de comunicación que el hecho de que no se haya llevado a cabo su declaración obedece, única y exclusivamente a su estado de salud, y que la decisión de que se haya llevado a cabo dicha declaración compete única y exclusivamente al Sr. Juez Instructor de la causa, y no parece darse a entender a un capricho personal.
Finalmente y con respecto a las diversas afirmaciones que se realizan respecto al procedimiento judicial seguido ante el Juzgado de Instrucción núm. 9 de Sevilla, reiterar que en los informes emitidos por el Perito Judicial en dicha causa lo que se ha manifestado es el carácter subvencionable o no de un gasto justificado, sin que exista ni una sola afirmación a lo largo de los informes emitidos en la que se afirmé que o bien se ha realizado un uso irregular de los fondos, o bien se ha producido un fraude.
 
Reiterar que tras más de seis años de instrucción no existe ni el menor atisbo de duda respecto a la realización de todas y cada una de las acciones formativas que engloban los expedientes objeto de la investigación, sin que se recoja en los informes periciales que constan en autos ni un solo elemento, ni una sola expresión, ni una sola manifestación de la que pueda extraerse como conclusión el desvió de fondos correspondientes a la subvención a otros fines que no sean la propia ejecución de la misma.
Que no existe a lo largo de los informes periciales que constan en la causa la menor expresión que permita determinar la existencia de documentación falsa o fraudulenta.
Tal como venimos manteniendo el objeto de la pericial se ha circunscrito a la determinación del carácter subvencionable de un gasto, en atención a la orden de 23 de octubre de 2009 y la ley general de subvenciones, cuestiones todas ellas de carácter eminentemente administrativo y no penal, sin que se establezca a lo largo del informe pericial obrante en autos la existencia de defraudación alguna.
Por último, y desde el respeto a la labor de los medios de comunicación, solicitarles que el tratamiento y la defensa de la presunción de inocencia que se realiza para algunos de sus entrevistados se haga extensiva a cualquiera de las personas que llevan no solo bajo pena de banquillo más de SEIS AÑOS sino que también están bajo la condena social que supone permanecer como investigados en un procedimiento judicial durante ese tiempo.
Fuente: UGT-Andalucía