Medio centenar de municipios de siete comunidades presentan barreras normativas que impiden a las personas con VIH trabajar como taxistas

La Comisión de VIH y Trabajo agradece la actuación iniciada por el Defensor del Pueblo en doce ayuntamientos murcianos y reclama la revisión urgente de cláusulas que todavía exigen “no padecer enfermedad infectocontagiosa” para ejercer esta profesión

Fecha: 30 Jul 2026

Taxi en tráfico

La Comisión de VIH y Trabajo, integrada por CESIDA, la Federación Estatal LGTBI+, Trabajando en Positivo, UGT y CCOO, quiere trasladar públicamente su agradecimiento a Ángel Gabilondo, Defensor del Pueblo, por la actuación iniciada tras el reclamo de UGT Murcia para solicitar información a doce ayuntamientos de la Región de Murcia sobre la existencia de cláusulas en sus ordenanzas municipales que prohíben de forma expresa o efectiva el acceso a licencias públicas de taxi (y, por tanto, al trabajo como taxista) a personas que viven con VIH. Esta intervención supone un paso importante en la defensa de la igualdad de trato y en la eliminación de obstáculos normativos que nunca debieron mantenerse vigentes.

A raíz de esta situación, la Comisión de VIH y Trabajo reclama que esta revisión se extienda a todos los municipios del territorio español en los que aún existan leyes, ordenanzas, reglamentos, bases de convocatoria o trámites administrativos que incluyan cláusulas genéricas como la de “no padecer enfermedad infectocontagiosa” para obtener una licencia o permiso municipal de taxi. La permanencia de estas formulaciones no solo resulta anacrónica, sino que puede traducirse en exclusión, disuasión y vulneración de derechos para las personas con VIH. Como alternativa, se propone una redacción adecuada a la aptitud efectiva para ejercer el trabajo: “Certificado médico oficial firmado y sellado por el facultativo, acreditativo de que el interesado/a no padece impedimento físico o psíquico que imposibilite o dificulte el normal ejercicio de la profesión de taxista”.

Según la información revisada por la Comisión, se han identificado referencias de este tipo en, al menos, medio centenar de municipios de siete comunidades autónomas: la Región de Murcia, la Comunidad de Madrid, Castilla y León, Andalucía, Extremadura, Castilla-La Mancha y Canarias. La Comisión sigue trabajando en colaboración con entidades que participan en la respuesta al VIH en los distintos territorios para detectar otros casos de normas o convocatorias potencialmente discriminatorias.

Estas cláusulas constituyen una barrera normativa porque utilizan una formulación amplia, imprecisa y desactualizada que puede operar de facto como exclusión o desincentivo para las personas con VIH, pese a que el VIH no se transmite por compartir espacio de trabajo, por la atención al público ni por la prestación de un servicio de transporte como el taxi. La evidencia científica y los informes especializados sobre VIH y empleo son claros: no existe justificación científica ni legal para excluir con carácter general a una persona con VIH del desempeño de ocupaciones como la de taxista. Mantener este tipo de requisitos supone perpetuar el estigma, reforzar prejuicios y trasladar un mensaje institucional erróneo sobre las vías de transmisión del VIH.

Por todo ello, la Comisión de VIH y Trabajo insta a las administraciones locales, autonómicas y estatales a actualizar de manera urgente toda ley, ordenanza, reglamento o procedimiento administrativo que atente contra los derechos laborales y la igualdad de oportunidades de las personas que viven con VIH. Ninguna persona debería ver limitado su acceso al empleo o a una licencia pública por cláusulas genéricas que no responden ni a la evidencia científica ni a los principios de no discriminación.

Asimismo, la Comisión de VIH y Trabajo solicita que la revisión normativa no se limite al sector del taxi. La eliminación de barreras legales y administrativas debe formar parte de una política pública coherente con el derecho al trabajo, la protección de la salud pública basada en la evidencia y el compromiso institucional con la no discriminación asociada al VIH. Combatir el estigma también implica revisar y corregir aquellas normas que, aunque formuladas de manera aparentemente neutra, siguen teniendo efectos excluyentes.

La Comisión de VIH y Trabajo reafirma su disposición a colaborar con las administraciones competentes para identificar, revisar y modificar estas disposiciones, con el objetivo de garantizar entornos laborales y marcos normativos inclusivos, actualizados y respetuosos con los derechos humanos.

Municipios identificados según la información revisada por la Comisión de VIH y Trabajo:

  • Canarias: Adeje, Arafo, Arico, Arona, Candelaria, El Rosario, El Sauzal, El Tanque, Granadilla de Abona, Guía de Isora, Icod de los Vinos, La Orotava, Las Palmas de Gran Canaria, Los Realejos, San Bartolomé, San Cristóbal de La Laguna, Santa Cruz de Tenerife, Santiago del Teide, Teguise y Yaiza.
  • Región de Murcia: Abarán, Albudeite, Alcantarilla, Blanca, Caravaca de la Cruz, Cehegín, La Unión, Lorca, Los Alcázares, Molina de Segura, Mula, Murcia, Torre Pacheco y Totana.
  • Andalucía: Alcalá de Guadaíra, Almería, Cádiz, Granada, Málaga, Motril y Sevilla.
  • Comunidad de Madrid: Alcalá de Henares, Madrid y Orusco de Tajuña.
    Castilla y León: El Arenal y León.
  • Extremadura: Badajoz y Cáceres.
  • Castilla-La Mancha: Albacete, Chiloeches y Ciudad Real.
     

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Fuente: UGT