Un informe de la Fundación Ebert muestra la tendencia mundial a erosionar el derecho de huelga
Fecha: 18 Jun 2017
Un estudio de la Fundación Friedricht Ebert, tras realizar una encuesta en 69 países, demuestra una tendencia peligrosa que se ha amplificado en los últimos 5 años: se quiere erosionar el derecho fundamental a la huelga y a la protesta social.
El informe de la Fundación Friedrich revela que hay 21 países, entre ellos España, en los que durante los últimos cinco años se han registrado nuevas violaciones en la ley o en la jurisprudencia.
En concreto, en nuestro país se han encausado más de 300 personas desde la llegada del Partido Popular y el próximo martes, 21 de junio, se celebrará el juicio contra Rubén Ranz y José Manuel Nogales a los que piden 7 años de cárcel a cada uno por ejercer el derecho a huelga y participar en un piquete en la huelga general de marzo de 2012. Se trata de criminalizar un derecho aplicando un artículo del Código Penal que nunca se ha utilizado hasta la llegada del PP al Gobierno. UGT pide su derogación, junto con el artículo 172 del mismo Código Penal.
En el informe de la Fundación, se denuncia que hay una tendencia evidente a introducir restricciones que violan los principios de la OIT y la jurisprudencia en cuanto al derecho de huelga, en países de todas las regiones, con independencia de su nivel de desarrollo económico. Esto hace que hoy el derecho de huelga, un derecho fundamental reconocido internacionalmente, se haya transformado en un derecho precario. Así, la lista de restricciones legales, administNoticiasrativas y prácticas y el número de países en los que se aplican es cada vez más larga.
Formas de erosionar este derecho
El estudio establece distintas formas de erosionar este derecho:
• La exclusión por ley de grupos de trabajadores del derecho de huelga (la definición de servicios esenciales es cada vez más amplia y predominan las violaciones que involucran a trabajadores de los servicios públicos, que están en la línea de combate de los ataques contra el derecho de huelga)
• Los requisitos excesivos para ejercer el derecho de huelga. Estos requisitos se vuelven aún más excesivos debido a demoras por parte de las autoridades públicas.
• La aprobación de disposiciones legales y /o decisiones de jurisprudencia que les dan a las autoridades públicas el poder para suspender o declarar ilegal una huelga. En los últimos 5 años han sido promulgadas medidas restrictivas de este tipo en 6 países, entre ellos España.
• Las sanciones excesivas en caso de huelgas lícitas. La imposición arbitraria de sanciones excesivas se ha facilitado aún más por la falta y /o ineficacia de mecanismos que puedan garantizar el debido proceso y la justicia con respecto a las violaciones.
• Las violaciones en la ley o en la jurisprudencia han sido acompañadas y quizás fortalecidas por el discurso público que favorece la restricción del derecho de huelga, defendido por igual por gobiernos y empleadores (algo que también ha ocurrido en España).
Conviene recordar el desmedido interés por parte de la patronal por introducir en el seno de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) debates dirigidos a modificar los convenios y acuerdos existentes y restringir –o prohibir- el derecho a la huelga de las trabajadoras y los trabajadores.
Toda esta ola de ataques al derecho de huelga se ha multiplicado coincidiendo con las políticas de austeridad y recortes en los derechos laborales y sociales impuestos por la Comisión Europea y gobiernos de distintos países para hacer frente a una crisis cuyo origen ha sido financiero. Las políticas impuestas, a medida de los intereses de las grandes corporaciones empresariales y financieras, han hecho recaer el peso de la crisis sobre los trabajadores y trabajadores y, por si esto fuera poco, tratan de coartar el derecho de huelga y la protesta social.
En España, rescatando artículos preconstitucionales (como el 315.3 del Código Penal de nuestro país, que criminaliza el derecho de huelga) o aprobando normativas tan regresivas como la Ley Mordaza, reprobada recientemente por la mayoría parlamentaria.