UGT y CCOO alcanzan un principio de acuerdo con el Ministerio de Seguridad Social para corregir la regulación del nuevo c o n v e n i o especial para recuperar cotizaciones de becas y prácticas formativas antiguas
UGT Y CCOO han impulsado múltiples mejoras orientadas a reducir los costes del convenio, facilitar su acceso en tiempo y condiciones, así como a ampliar su duración, dentro del marco normativo diseñado tras las reformas de pensiones acordadas entre 2021 у 2023.
Fecha: 29 May 2024
El Ministerio de Seguridad Social ha comprometido la modificación de la Orden Ministerial publicada en el BOE que entra en vigor el 1 de junio, y remitirá en breve una nueva propuesta de regulación que corrija sustancialmente la aprobada fuera del marco de diálogo social, para que el principio de acuerdo alcanzado hoy verbalmente, pueda concretarse.
Los sindicatos recomiendan a las personas que pueden estar interesadas en suscribir el convenio que, siempre que sea posible, esperen a solicitarlo hasta que se formalice la tramitación de la nueva regulación, que el Ministerio ha comprometido se produzca en el menor plazo posible y cuya tramitación se iniciará esta misma semana.
Las mejoras en la norma impulsadas por UGT y CCOO garantizan la reducción de costes del convenio manteniendo su actual naturaleza jurídica y el carácter estrictamente contributivo de la figura. De la misma forma se persigue la ampliación de los periodos de tiempo cuya cotización es posible recuperar, de modo que se ayude a completar las carreras de cotización de las personas que han desarrollado durante largos periodos diferentes situaciones relacionadas con prácticas formativas ybecas de investigación.
En lo relativo a la reducción de costes para que el nuevo convenio sea accesible a todas las personas que lo precisen, las organizaciones sindicales promueven la vuelta al esquema de financiación que ya se pactó en el año 2011, en la regulación que tuvo el primer convenio acordado en la mesa de diálogo social con el mismo objetivo. En concreto, las medidas son la utilización de las bases de cotización de los periodos en los que se produjo la práctica formativa y la posibilidad de solicitar el pago fraccionado de las cuotas.
Ambas medidas supondrán una importantísima reducción del coste del convenio, respetando en todo caso tanto la naturaleza jurídica del instrumento como su carácter estrictamente contributivo.
De este modo, el coste del convenio pasaría de los actuales 290 €/mes a una cifra que se situaría entre 40 y140 €/mes por los periodos de prácticas que se produjeron entre 1980 y2006.
El fraccionamiento de cuotas, además, es una medida adicional especialmente importante para quienes tienen que recuperar periodos de tiempo más amplios. De manera que desde las organizaciones sindicales se ha propuesto mantener la posibilidad de solicitar el fraccionamiento, posibilitando que cada persona pueda abonar la cuota de su convenio especial en el doble de tiempo que tenga la opción de recuperar. El Ministerio ha aceptado esta cuestión, si bien limitando a 7años el período máximo de fraccionamiento.
Hemos propuesto ampliar el plazo para poder suscribir el Convenio Especial, con objeto de facilitar que aquellas personas que puedan acceder al mismo, tengan más opciones de hacerlo aunque en este momento no puedan. Finalmente, el Gobierno ha aceptado hacerlo hasta el 31.12.2028, lo que resulta razonable, sin perjuicio de solicitar su ampliación en su momento, si el balance de este proceso lo aconsejara.
En lo relativo a la ampliación de los periodos de tiempo que pueden recuperarse mediante este convenio especial, UGT y CCOO hemos exigido el cumplimiento estricto de la norma acordadaen la última reforma de pensiones, que expresamente señala el "máximo de 5 años". De modo que los nuevos convenios deben incorporar este plazo, considerándolo adicional a los periodos que en su momento se hayan podido cotizar con otros convenios especiales previos.
Hemos propuesto también que quienes teniendo la opción de acudir al primer recunda meinot di alodi da guo, recuperande 201, acos haser 7, aens. Esat se una cuestión que requeriría norma con rango de ley y, por ello, no encajable en una Orden Ministerial. El Gobierno ha aceptado estudiar la forma de hacer que esto sea posible. Finalmente, el Ministerio se ha comprometido a constituir en breve el Observatorio previsto en la reforma de Seguridad Social de 2023 para el seguimiento, valoración y evaluación de las medidas aprobadas en materia de cotización de prácticas no laborales, en el que también deberá incluirse esta materia que ahora parece reencauzarse en el sentido de lo acordado, corrigiendo la Orden 386/2024.
Ambos sindicatos han señalado al Ministerio que si bien la cobertura de este nuevo convenio da respuesta a la mayoría de situaciones que presenta el colectivo afectado, existe aún un número relevante de personas con lagunas de cotización que superan el
tiempo que s e ha podido recuperar como cotizado.
Para este colectivo UGT y CCOO ha instado al Ministerio a buscar medidas en paralelo al convenio que puedan garantizar la plena cobertura de las lagunas de cotización, al tiempo que advierten de que dicho convenio en ningún caso supone la renuncia a la legitima reivindicación para que se reconozca la actividad laboral plena en aquellas actividades de investigación que así lo hayan sido.
Finalmente, ambos sindicatos recuerdan a las personas afectadas que la Orden Ministerial adoptada unilateralmente que ahora se corrige entrará en vigor el 1 de junio. De modo que, a la espera de que el Ministerio remita a la mesa de diálogo social el nuevo texto normativo y éste culmine su tramitación, UGT y CCOO aconsejan a las personas que pueden estar interesadas en suscribir el convenio que, siempre que sea posible, esperen a solicitarlo hasta que se formalice la tramitación de la nueva regulación. En cualquier caso, hemos propuesto al Ministerio que se prevea incluso facilitar esa posibilidad a quienes puedan tener que acceder a la jubilación en ese período temporal.