UGT reclama una política específica sobre la discapacidad a través de la negociación colectiva

Fecha: 03 Dic 2020

Gonzalo Pino y Adela Carrió intervienen en la clausura de la jornada

Gonzalo Pino y Adela Carrió clausuran la jornada sobre discapacidad sobrevenida y negociación colectiva organizada por la Fundación Francisco Largo Caballero, la Fundación ONCE y el Fondo Social Europeo


El Secretario de Política Sindical de UGT, Gonzalo Pino, ha reclamado “abordar una política específica sobre la discapacidad en la empresa con la inclusión de planes de empresa sobre la discapacidad en la negociación colectiva”.

Además, ha demandado “favorecer la contratación efectiva y cumplir con la cuota reserva del 2% en empresas de más de 50 personas en plantilla; y velar para que las faltas de asistencia justificadas computen como tal a determinados grupos como las personas con discapacidad, y a aquellos trabajadores y trabajadoras que por su grado de enfermedad o patología necesitan recibir tratamiento médico y, que necesitan acudir de forma periódica, a control médico para el seguimiento de su enfermedad”.

Gonzalo Pino ha realizado estas declaraciones durante el acto de clausura de la jornada sobre discapacidad sobrevenida y negociación colectiva organizada por la Fundación Francisco Largo Caballero, la Fundación ONCE y el Fondo Social Europeo, en la que ha intervenido junto a la Secretaria Confederal del sindicato, Adela Carrió, y donde ha afirmado que la discapacidad “incrementa el riesgo de problemas crónicos de salud, como la diabetes, las enfermedades cardiovasculares, el cáncer o los trastornos mentales. Se estima que las enfermedades crónicas representan el 66,5%, lo que se traduce en un incremento de la discapacidad sobrevenida en edad laboral”. 

En este sentido, ha recordado que el informe del Observatorio Estatal de la Discapacidad, del año 2015, “ha cuantificado la población discapacitada en más de un millón y medio de personas, de las cuales, dos terceras partes son personas con discapacidad física y el 76% ha llegado por una enfermedad”. 

Las personas con discapacidad sobrevenida tienen derecho a seguir desempeñando su trabajo

El Secretario de Política Sindical de UGT ha señalado que “para las personas que desarrollan una discapacidad sobrevenida mientras están empleadas, los programas de gestión de la discapacidad como la adaptación del lugar de trabajo, reincorporación rápida al trabajo con apoyos apropiados, han mejorado las tasas de reintegración al mundo laboral. La gran dificultad y la gran diferencia que presenta la discapacidad sobrevenida es la reorientación vital y profesional de las personas a las que ha sobrevenido una discapacidad en la edad adulta”.

De esta forma, ha recordado que el marco legal “es claro, las personas a las que les sobreviene una discapacidad tienen derecho a continuar desempeñando su trabajo de una forma eficaz y eficiente, con los ajustes razonables que resulten precisos. Es precisamente el grupo de personas con discapacidad uno de los que presenta mayores obstáculos a la hora de acceder al mercado laboral, además de ser las primeras personas en ser expulsadas”.  

Otro de los problemas que se han puesto encima de la mesa para las personas con discapacidad sobrevenida es que la legislación actual no facilita la permanencia o reincorporación al empleo de este colectivo. “Una declaración de incapacidad total, absoluta o gran invalidez, resulta en general causa de extinción del contrato de trabajo, a no ser que se excepcionalmente se pueda demostrar una mejoría o esperanza de mejoría en las condiciones funcionales del trabajador. La adaptación e integración del puesto de trabajo a las personas con discapacidad sobrevenida es muy escasa y a veces nula. La llegada de la discapacidad sobrevenida supone a menudo una ruptura con el mundo laboral”.

Garantías laborales para este colectivo

Durante su intervención, la Secretaria Confederal, Adela Carrió, ha considerado fundamental “que se establezcan unas garantías mínimas reguladas en la normativa para proteger los derechos de las personas con discapacidad sobrevenida, como el mantenimiento del puesto de trabajo, a pesar de la incongruencia que existe en el artículo 49.1 del Estatuto de los Trabajadores, que señala que por incapacidad permanente total o absoluta del trabajador, se procederá a la extinción del contrato; y la adaptación de los puestos de trabajo”. 

Para Carrió, “en España no sólo es importante que exista legislación, que existe, pero hay que adaptarla a la Convención de la ONU y hacerla cumplir, que sea efectiva y por supuesto no sea contradictoria”. 

Por ello, ha reclamado que “los puestos de trabajo fueran accesibles y se adaptaran a las necesidades que la persona con discapacidad presenta; que haya una adaptación de horarios, mejoras a la conciliación y protección a la salud; y que se garanticen, en general, los derechos para que la igualdad sea real y efectiva. Las personas con discapacidad en determinadas ocasiones, al igual que otros grupos, necesitan una discriminación positiva para poder salvaguardar determinadas vicisitudes y compensar la discapacidad, y esto lo tenemos que acordar en la negociación colectiva”.  


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Fuente: UGT