UGT reclama un Plan Integral de lucha contra la trata de seres humanos con fines de explotación laboral

Fecha: 04 Jun 2014

​En el Día Europeo contra la trata de seres humanos UGT reitera la necesidad de incrementar esfuerzos en la lucha contra la trata de seres humanos, mejorar la protección a las víctimas y, en especial, reclamar que se apruebe el plan de lucha contra la trata de seres humanos con fines de explotación laboral. El sindicato subraya además, la importancia de adoptar medidas para tipificar penalmente el uso de servicios de personas víctimas de trata y advierte de que limitar su derecho a la asistencia sanitaria únicamente a la cartera común básica de servicios asistenciales, no cumple con las previsiones de la Directiva europea, ni con la situación real de unas personas que carecen de recursos económicos.

Según datos del Informe Mundial sobre la trata de personas 2012 de Naciones Unidas, entre 2007 y 2010 el 55% y el 60% de las víctimas de trata a nivel mundial eran mujeres. El informe arroja otros datos preocupantes como el aumento, en ese periodo, de las niñas victimas de trata y destaca igualmente el incremento de la trata con fines de explotación laboral con respecto al trienio 2003-2006, que ha pasado de suponer un 18% de los casos de trata, a un 36%.

El informe de Naciones Unidas atribuye este aumento, entre otras razones, a que los países han aumentado su capacidad para detectar la trata con fines de explotación laboral, algo que, a juicio de UGT, es aún una asignatura pendiente en el caso español. Pero es también inevitable relacionar este incremento con la situación económica y laboral que estamos atravesando a nivel mundial y en la que se multiplican los abusos en el mercado de trabajo.

El Plan integral de lucha contra la trata de seres humanos con fines de explotación sexual 2009-2012, y el Protocolo Marco de Protección de las Victimas de trata de seres humanos, y especialmente, la tipificación como delito de esta conducta desde diciembre de 2010, han sido sin duda elementos positivos para contribuir a la detección de víctimas, su protección y la persecución de la trata, pero únicamente en la relacionada con la explotación sexual. Sin embargo, UGT considera que son necesarios más esfuerzos en general y, en particular, comenzar a abordar la trata de seres humanos con fines de explotación laboral.

  • Para que afloren las situaciones de trata con fines de explotación laboral, es necesaria la aprobación y puesta en marcha del Plan de lucha integral contra la trata de seres humanos con fines de explotación laboral.
  • Es preciso además establecer mecanismos para prevenir, detectar e iniciar acciones judiciales en los casos de trata para explotación laboral, medidas de protección para sus víctimas, hoy inexistentes, e instrumentos de cooperación entre los interlocutores sociales, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y otras instituciones y agentes implicados en la lucha contra la trata y la protección a las víctimas. Una actuación que debe enmarcarse igualmente en la lucha contra la precarización del empleo y la economía sumergida y la vulneración que suponen de los derechos de los trabajadores.

También es prioritario incluir en los Presupuestos Generales del Estado una partida específica para la protección y asistencia para las víctimas de trata con fines de explotación sexual o laboral, que incluya la atención a todas sus necesidades y oportunidades de reinserción laboral.

Por otra parte, para UGT el proyecto de reforma del Código Penal debe incluir la tipificación como delito de la demanda de servicios de una víctima de trata de seres humanos, como instrumento indispensable para la prevención y la lucha contra este comercio de seres humanos. Un aspecto que la Directiva considera fundamental y que también encontramos en el Primer informe del Consejo de Europa sobre trata de seres humanos en España.

La Directiva establece además, que los estados miembro deben prestar a las víctimas la asistencia necesaria, entre ellas el tratamiento médico, incluida la asistencia psicológica y atender a aquellas que tengan necesidades especiales, derivadas, entre otras, de un estado de gestación, de su salud, de una discapacidad, de un trastorno psíquico o psicológico o de haber sufrido violencia psicológica, física o sexual grave.

UGT subraya que limitar el derecho a la asistencia sanitaria de las víctimas de trata únicamente a la cartera común básica de servicios asistenciales - por lo que tendrían que costear totalmente entre otros el precio de las medicinas, el transporte sanitario no urgente o los tratamientos para enfermedades crónicas- no cumple con las previsiones de la Directiva, ni con la realidad de unas personas que, por su situación, carecen de recursos económicos ya que los mismos, de existir, procedían de su explotación y considera imprescindible garantizar una asistencia sanitaria completa a las víctimas.

Sea cual sea la finalidad de la explotación y su nacionalidad, el sindicato afirma que las victimas de trata de seres humanos deben beneficiarse de las disposiciones de la Ley 35/1995 de ayudas a víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual, y en especial, que se modifique en la ley la exigencia de reciprocidad, por parte del país de origen, para que una persona de nacionalidad no comunitaria pueda beneficiarse de estas ayudas.

Fuente: UGT