UGT pide la retirada del contrato de apoyo a emprendedores

Fecha: 06 May 2016

​UGT vuelve a insistir en la retirada de las dos últimas reformas laborales que han devaluado el empleo y empobrecido a la sociedad, facilitando un mercado de trabajo enfermo en el que predomina la rotación, la temporalidad y la parcialidad involuntaria.

Así, solo 1 de cada 10 contratos que se firma cada mes tiene carácter indefinido y esta contratación también se ha precarizado, debido, sobre todo, a la utilización del contrato de apoyo a emprendedores, que contempla la posibilidad de aplicar un periodo de despido gratuito de un año.

El sindicato, que pide la retirada de este contrato, resalta que su utilización ha aumentado en un año un 38,2%, y que en la actualidad más del 96% de estos contratos no se ha acogido a incentivos fiscales, un síntoma de que puede estar utilizándose de manera fraudulenta.

UGT reitera que a pesar de las petición de datos sobre este contrato, realizadas al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, aún se desconoce el número de contratos que sobreviven al periodo de un año.

El empleo de calidad, indefinido y a tiempo completo, que debería ser la norma, es la excepción en un mercado laboral enfermo, en el que predomina la rotación, la temporalidad y la parcialidad involuntaria. Así sólo un 5,5% de los contratos que se registraron en abril en las oficinas de empleo son indefinidos a tiempo completo.

La inestabilidad en el empleo no sólo afecta a la contratación temporal. Los contratos indefinidos también están sufriendo una precarización como consecuencia de la utilización del contrato de apoyo a emprendedores, que contempla la posibilidad de usar el contrato de apoyo a emprendedores con un periodo de despido gratuito de un año.

Con la reforma laboral de 2012 comenzó su andadura este nuevo contrato. A día de hoy ocupa más del 15% de la contratación indefinida ordinaria y, en el último año, su uso ha aumentado un 38,2%, en un año, siendo el causante de los incrementos mostrados por la contratación indefinida.

Una tendencia al alza que se acelera desde 2013, con el impulso otorgado a estos contratos con el RD 16/2013 que permitía su celebración en la modalidad de tiempo parcial, hasta entonces restringida.

Una de las características de este contrato es el establecimiento de un periodo de prueba de un año que, como tal, no contempla una indemnización por despido. El uso que se está haciendo genera serias dudas, pues el periodo de prueba de un año permite que se utilice como sustituto de un contrato temporal sin coste; esto es posible siempre que la empresa no se acoja a incentivos fiscales o bonificaciones (de forma que no está obligada a cumplir con el mantenimiento del puesto de trabajo).

En la actualidad, entorno al 96% de estos contratos no se ha acogido a incentivos fiscales (porcentaje que va en aumento), por lo que una parte de ellos podría estar, para UGT, bajo un uso fraudulento.

UGT viene denunciando que todavía se desconoce el número de contratos que sobreviven al periodo de un año, a pesar de solicitar, en repetidas ocasiones, estos datos al Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

 

Fuente: UGT