UGT obliga a CLECE a restituir los derechos vulnerados del convenio
Fecha: 13 Abr 2016
Inspección de Trabajo obliga a la empresa a restituir los derechos en materia de salario, calendario y contratos de sus cerca de 100 trabajadores del Servicio de Ayuda a Domicilio en La Rioja.
La Federación de Servicios Públicos de UGT en La Rioja denunció en enero de este año ante la Inspección de Trabajo el incumplimiento reiterado por parte de la empresa CLECE, S.A. del Convenio Marco Estatal aplicable a los trabajadores del Servicio de Ayuda a Domicilio en materia de salario, calendario y horario y contratos laborales. Esta empresa es la encargada de prestar los servicios de Ayuda a Domicilio de Alfaro, la Mancomunidad del Cidacos, Mancomunidad Alhama-Linares, Rincón de Soto, Murillo de Río Leza y Mancomunidad Intermunicipal Valvanera, un total de 30 municipios riojanos, que son atendidos por cerca de 100 trabajadores.
La respuesta de Inspección de Trabajo no ha podido ser más clara, dándonos la razón en nuestros planteamientos y requiriendo a la empresa el cumplimiento inmediato del VI Convenio Marco Estatal de Atención a las Personas Dependientes y Desarrollo de la Autonomía Personal, en los siguientes puntos:
- 1) Elaboración y entrega a cada trabajador de su calendario laboral con turnos y horarios de trabajo.
- 2) Que no se abonen el CPV (Complemento Personal Voluntario), sino horas complementarias a precio de hora ordinaria de trabajo; esto deberá incluir la antigüedad de cada trabajador.
- 3) Que se establezca un correcto registro de jornada diaria y que se informe al trabajador adecuadamente de las horas mensuales que realiza para posteriormente abonarlas como corresponde.
- 4) Que se conviertan en contratos indefinidos aquellos contratos temporales que se encuentren realizados en fraude de ley, o se justifique la temporalidad del resto.
- 5) Que los contratos temporales a tiempo parcial no realicen horas complementarias, tal como establece el Convenio Colectivo, favoreciendo así la ampliación de contratos a jornada completa.
- 6) Que el número de horas complementarias se pacte por escrito con la trabajadora previamente, y se comunique su fecha y hora de realización como mínimo con 48 horas de antelación.
- 7) Que no se de a firmar a las trabajadoras modificaciones de contratos con bajada o subida de horas semanales, sino que se regularicen los excesos o defectos de jornada semestralmente, tal como señala el Convenio Colectivo.
Esta resolución supone el reconocimiento de los derechos de los trabajadores del Sector de Ayuda a Domicilio, y una mejora sustancial de salario y condiciones de horarios y jornada de lo que ahora mismo se estaba aplicando.
Desde la Federación de Servicios Públicos de UGT no podemos estar más satisfechos de esta sentencia. Más aún cuando UGT ha sido el único sindicato con representación en la empresa que se ha negado a firmar acuerdos por debajo del convenio estatal, a lo que si se han brindado el resto de sindicatos que conforman el comité de empresa, bailándole el agua a CLECE.
Además, la FSP-UGT ha puesto en conocimiento de los Ayuntamientos y Mancomunidades para los que CLECE presta sus servicios, las mencionadas irregularidades e incumplimientos de esta empresa, al entender que estos son los responsables subsidiarios de los servicios que adjudican.
Y como resultado, ya han sido varios los Ayuntamientos que se han comprometido a poner de su parte para que los pliegos de condiciones de las licitaciones en los servicios de ayuda a domicilio recojan la obligación estricta de cumplimiento de la diferente normativa laboral por parte de las empresas adjudicatarias; valorando a su vez la necesidad de añadir cláusulas que permitan aplicar sanciones a las empresas que incumplan a fin de no resultar perjudicados los trabajadores.