UGT logra una sanción de dos millones de euros a Amazon por vulnerar la protección de datos

El sindicato denunció que la empresa, que recordemos contrataba falsos autónomos, exigía certificado de ausencia de penales para trabajar como repartidores/as


UGT denunció a Amazon ante la Agencia Española de Protección en noviembre de 2019, por vulnerar la privacidad de los repartidores a los que se les exigía el certificado de ausencia de penales para poder iniciar la actividad como repartidor en el modelo de Amazon Flex.

El sindicato demostró en su denuncia que, entre la documentación exigida por Amazon Flex para empezar a trabajar como repartidor, estaba el certificado de penales, como condición para acceder al puesto de trabajo.

La Unión General de Trabajadoras y Trabajadores recuerda que el modelo laboral de Amazon Flex fue sancionado por la Inspección de Trabajo en octubre de 2020, por tener bajo su sistema de reparto a falsos autónomos. Una denuncia interpuesta también por UGT que supuso el alta de oficio de más de 4.000 repartidores y una multa económica de 6,2 millones de euros.

Ahora además se condena a esta empresa por vulnerar la intimidad de estas personas que si ya estaban obligados a trabajar como falsos autónomos además debían certificar que no contaban con antecedentes penales, una información sumamente personal que solo se puede solicitar cuando las empresas están facultadas legalmente para hacerlo y en el caso de cierto tipo de trabajos como el cuidado de menores, ya que, tanto la Constitución como el Estatuto de los Trabajadores prohíben la discriminación de trabajadores y solicitar este tipo de certificados limitaría la posibilidad de la reinserción de quienes tienen antecedentes penales.

La AEPD ha calificado esta infracción como algo muy grave y ha tenido en cuenta la duración de la falta, que el número de personas afectadas es muy elevado, el nivel de daños provocados a las personas, que no han podido acceder al trabajo y, para los que han accedido, el riesgo sobre su privacidad al que han sido expuestos, y considera además que “La negligencia apreciada en la comisión de la infracción, teniendo en cuenta que los requisitos exigidos por la entidad reclamada a los transportistas van más allá de lo requerido por la normativa reguladora del transporte de mercancías”. 

UGT, que celebra esta sentencia pionera, seguirá trabajando por el cumplimiento de los derechos, también sobre los de carácter personal y vigilando para que no se utilice la digitalización como excusa para saltarse las normas y que las plataformas digitales no obliguen a facilitar datos para acumularlos, procesarlos e incluso para trabajar con ellos. 

 

 


Fuente: UGT