UGT consigue una subida salarial del 0,9% en el sector de la construcción
Fecha: 06 Abr 2016
Los secretarios generales de MCA-UGT y FECOMA-CCOO, Carlos Romero y Vicente Sánchez, respectivamente, y el presidente de la patronal CNC, Juan Lazcano, como partes firmantes del V Convenio General de la Construcción, vigente hasta el 31 de diciembre de 2016, han firmado esta tarde, en cumplimiento a lo establecido en dicho convenio colectivo, la actualización de las tablas salariales correspondientes al año 2016 y que suponen un incremento de un 0,9% respecto a 2015.
Los agentes sociales han convenido fijar el incremento para el año 2016 de manera que, tomando las tablas vigentes durante el año 2015 como base, éstas se actualizarán, conforme a lo establecido en el artículo 52 del V Convenio General del Sectir, incrementándolas en un 0,9% para el año 2016.
Como ha señañado Carlos Romero durante el acto de la firma, “el esfuerzo negociador de los agentes sociales del sector ha dado como resultado un acuerdo del que todos salimos moderadamente insatisfechos, que es el mejor indicador de haber logrado un buen acuerdo. Un buen acuerdo para cerrar el último año devigencia de este V Convenio General de la Construcción que supone avanzar en la línea de la moderación salarial”.
Romero ha indicado que “es un buen acuerdo en un momento en el que mientras escuchamos que las cifras macroecónómicas nos dicen que hemos salido o estamos saliendo de la crisis, la realidad nos sigue diciendo otra cosa”.
El secretario general de MCA-UGT ha indicado que hay que conseguir que los salarios crezcan porque eso tiene un efecto estimulante sobre el desarrollo económico del conjunto del país.
En relación con la remuneración mínima bruta anual prevista en el artículo 50 del V Convenio Gereral, patronal y sindicatos acuerdan la actualización de la tabla contemplada en el apartado segundo de este artículo, con efectos de 1 de enero de 2016, según el sistema establecido para la revisión salarial. Para establecer la tabla de remuneración mínima bruta anual para el año 2016 se parte de la tabla del año 2015, añadiéndole un 0,9% y siendo aplicable desde el 1 de enero del año 2016.