UGT considera injusta la condena a un trabajador de SEAT por participar en la huelga general de 2012
Fecha: 13 Abr 2016
La Federación de Industria de UGT (MCA-UGT) considera injusta la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal Nº 5 de Barcelona por la que se condena a un trabajador de SEAT, afiliado a UGT, que participó en la Huelga General del 29 de Marzo de 2012 formando parte de un piquete informativo, como autor de un delito de daños, por el que le impone una multa de 6 euros diarios durante un periodo de 12 meses.
La Federación estima que la sentencia no ha tomado en consideración las pruebas documentales aportadas por la defensa ni las declaraciones del trabajador y de la compañera que acudió con él al lugar de los hechos, pero sí las aportadas por la empresa denunciante.
En su declaración, el trabajador reconoce que, aunque se encontraba en el lugar de los hechos, al que acudió para informar a los trabajadores de una empresa sobre los motivos de la huelga general, ni causó daños a la puerta corredera de acceso a dicha empresa ni huyó del lugar de los hechos cuando acudió la policía, sino que, por el contrario, el trabajador llegó incluso a recriminar a un grupo de personas que no conocía para que dejaran de zarandear la valla, que finalmente cayó al suelo.
MCA-UGT tampoco entiende que la sentencia dé más valor a la declaración del testigo de la empresa, vigilante de seguridad de la zona, que a la declaración de la compañera del trabajador, cuyo testimonio llega a considerar incluso sin interés en el pleito por trabajar en el mismo sindicato que él denunciado, como si trabajar en un sindicato o ser compañero de un trabajador no tengan valor testifical en la causa, cosa que no ocurre con el vigilante de seguridad, a la que sí da credibilidad, pese a trabajar para las empresas de la zona donde se ubica la empresa denunciante.
La Federación considera que la sentencia forma parte de la campaña del Gobierno del Partido Popular contra las libertades ciudadanas, así como un ataque continuo y sistemático a todo el movimiento sindical, ya que son muchos los afiliados de todos los Sindicatos inmersos en procesos judiciales similares.
Por ello, MCA-UGT vuelve a exigir la derogación del artículo 315.3 del Código Penal por criminalizar a los trabajadores por ejercer el derecho constitucional a la huelga, y recuerda que sentencias como ésta o la de los cinco de ArcelorMittal, tienen su sustento en la reforma del Código Penal emprendida por el PP, que está en consonancia con la campaña que intenta criminalizar a los sindicatos, especialmente a UGT, por ser la última y única defensa contra el desmantelamiento del Estado de Bienestar y contra el debilitamiento de la negociación colectiva que ha emprendido el partido en el gobierno.