UGT considera dudosamente constitucional la retirada del derecho a la asistencia sanitaria de los inmigrantes en situación irregular
Fecha: 05 Jun 2014
El 1 de septiembre los inmigrantes en situación administrativa irregular, ya no tendrán derecho a la asistencia sanitaria, excepto los menores de edad, y los casos de urgencia por enfermedad grave o accidente hasta el alta médica, embarazo, parto y posparto. La nueva regulación, además, dificulta o puede eliminar el derecho o crear periodos de desatención e interrupción de tratamientos, para ciudadanos españoles, comunitarios y extranjeros no comunitarios en situación administrativa regular.
- Una medida dudosamente constitucional, que afecta al derecho a la protección de la salud de las personas y a la salud pública del conjunto de la población.
- Durante todo el mes de agosto, el Ministerio ha lanzado mensajes contradictorios y faltos de rigor, como que se podrían suscribir convenios especiales con la seguridad social (una medida inviable para los extranjeros en situación administrativa irregular). De igual modo se ha insistido en que se atenderá a los enfermos crónicos sin papeles, siempre que paguen, pero a fecha de hoy, no se ha regulado nada al respecto. Lo único que parece claro, a juicio de UGT, es que se trata de colocar a estas personas y, especialmente a algunas, en la disyuntiva de retornar a sus países de origen, que para muchas no es una opción, o que su salud se deteriore, y en algunos supuestos, se ponga en riesgo su vida.
- Medida justificada con mentiras, como la del turismo sanitario, y el gasto que supone. De nuevo ayer, volvió a utilizarse el informe del Tribunal de Cuentas el año 2009, que lo único que pone de manifiesto es que España no ha seguido los procedimientos administrativos para cobrar a los estados de la Unión Europea la asistencia sanitaria que España presta a sus ciudadanos, pérdidas valoradas en cientos de millones de euros. En ningún momento el Tribunal de Cuentas pone en cuestión la asistencia sanitaria a inmigrantes sin papeles, ni el carácter universal de la sanidad
- Y la mayor falsedad, que la sanidad se paga con las cuotas de la seguridad social. Se financia con impuestos, y no podemos olvidar que todos los pagamos, unos u otros, incluidos los extranjeros en situación administrativa irregular.
- Cónyuges y familiares en situación administrativa irregular de un asegurado/a español, comunitario o no comunitario residente regular, se quedarán sin asistencia sanitaria a no ser que se trate de menores de edad y en los supuestos que antes señalábamos.
- Los ciudadanos comunitarios y no comunitarios en situación administrativa regular que tras el 5 de agosto quieran solicitar la asistencia sanitaria para personas sin recursos, tendrán que pedir a sus países de origen, documentos que en el caso de algunos países, resultan inviables y por lo tanto, podrán quedar igualmente desatendidos o ver retrasada su atención con el consiguiente riesgo.
- Ascendientes españoles, comunitarios o no comunitarios en situación administrativa regular, ya no son beneficiarios de un asegurado, y su única opción, para acceder a la asistencia será que demuestren que no tienen ingresos superiores a 100.000 euros.
- Quienes trabajan en el servicio del hogar familiar y se queden en situación de desempleo: al no estar en alta, no tener derecho a prestación por desempleo y tras la reforma del RD Ley 20/2012, tampoco poder acceder a la renta activa de inserción (ahora solo para quienes hayan agotado prestación y subsidio de desempleo), perderán, sino tienen derecho a otro tipo de prestación, el derecho a la asistencia sanitaria, y con ellas sus familiares beneficiarios, derecho que tenían mientras trabajaban y únicamente podrán solicitarla a través del procedimiento para personas sin recursos económicos.
Fuente:
UGT