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Fecha: 28 Oct 2016

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno establece para las organizaciones sindicales las siguientes obligaciones de transparencia:
  • Información sobre su actividad (funciones, normas de funcionamiento, estructura organizativa)
  • Información sobre los recursos económicos que llegan a las organizaciones procedentes de las administraciones públicas, específicamente contratos, convenios y subvenciones.
En este apartado damos cumplimiento a esas obligaciones, y publicamos también –aunque no estamos obligados a hacerlo- nuestros presupuestos y cuentas anuales.

Nuestro 42 Congreso Confederal se comprometió a reforzar la transparencia del Sindicato sobre la gestión que realizan todos sus órganos, con información destinada tanto a nuestros afiliados y afiliadas como a la sociedad en general.

Presentamos nuestras cuentas conforme a los principios contables generalmente aceptados y establecidos en el Plan General Contable de UGT. Incluimos las cuentas anuales, junto con sus balances de situación y cuenta de pérdidas y ganancias, los presupuestos, así como información relativa a los programas finalistas concertados con las administraciones públicas.

Finalmente, a pesar de no existir obligación legal de publicitar información sobre retribuciones, la Comisión Ejecutiva Confederal de UGT acordó tras el 42 Congreso que las retribuciones salariales de aquellos de sus miembros que están contratados por la Organización no superarán los 45.000 euros brutos anuales.



Fuente: UGT