No es una huelga, es un cese de actividad empresarial
Fecha: 13 Abr 2016
Desde la Federación de Servicios para la Movilidad y el Consumo de UGT (SMC-UGT) y ante las informaciones publicadas por los medios de comunicación a propósito de la “huelga” en el sector de máquinas expendedoras de tabaco, queremos aclarar lo siguiente:
La huelga es un derecho que asiste, en exclusiva, a los trabajadores asalariados y que aparece regulado en el artículo 3 del Real Decreto-ley 17/1977, de 4 de marzo, sobre Relaciones de Trabajo, donde se dice, literalmente, que “están facultados para acordar la declaración de huelga los trabajadores, a través de sus representantes” y que “la declaración de huelga habrá de ser comunicada al empresario o empresarios afectados y a la autoridad laboral por los representantes de los trabajadores”.
Por tanto, en el caso que nos ocupa, no estamos ante una huelga sino un cese de actividad unilateral, siendo la entidad promotora de dicha iniciativa la Asociación Española de Puntos de Venta con Recargo (AEPVR), según ha reconocido la citada asociación en distintos medios de comunicación y en sus propios canales de información.
Por todo lo anterior, agradecemos los profesionales de los medios que sean rigurosos en la utilización del término que debe definir lo que, objetivamente, es un cese de actividad empresarial y no una huelga.