MCA-UGT no ha vulnerado los derechos fundamentales del afiliado asturiano Pablo Álvarez

Fecha: 01 Dic 2014

Ante las informaciones aparecidas ayer en el diario El Mundo, en la que éste afirma que MCA-UGT no se presentó al acto de conciliación del juicio sobre la demanda del afiliado Pablo Álvarez y que pretendió de que el magistrado admitiese en el proceso un escrito que presentaron al margen del acto de conciliación, la federación sindical de Metal, Construcción y Afines de UGT de Asturias (MCA-UGT Asturias), Federación de Industria, hace público el auto aclaratorio de la sentencia, que dice textualmente: "ACUERDO, aclarar la sentencia en el sentido de que conste el ANTECEDENTE DE HECHO ÚNICO de la Sentencia que en el presente procedimiento no existió conciliación anterior a la demanda por no ser la misma preceptiva en el presente procedimiento, así como que la parte FEDERACIÓN ESTATAL DE METAL, CONSTRUCCIÓN Y AFINES DE UGT compareció en el acto precio de conciliación judicial representada por el letrado MARINA PINEDA GONZÁLEZ".

MCA-UGT Asturias quiere aprovechar para recordar las siguientes puntualizaciones a la información publicada ayer por El Mundo titulada "Condenan a UGT por violar los derechos fundamentales de un afiliado que le criticó en Facebook":

1º.- MCA-UGT no ha vulnerado los derechos fundamentales del afiliado asturiano Pablo Álvarez. El Juzgado Único de lo Social de Mieres ha declarado nula la sanción impuesta por la Comisión de Garantías de MCA-UGT, al afiliado Pablo Álvarez, tras el allanamiento previo llevado a cabo por el Sindicato para buscar una solución que evitara un proceso judicial pernicioso para ambas partes y no por considerar que se vulneran los derechos fundamentales del demandante. El allanamiento se debió solo a aceptar la petición del demandante de seguir siendo afiliado al Sindicato. Ni en los hechos probados ni en el fallo de la sentencia se expresa que el Sindicato haya vulnerado los derechos fundamentales del demandante.


2º.- La Comisión de Garantías Federal, órgano encargado de velar por el cumplimiento de las normas internas de la MCA-UGT y de aplicar el régimen disciplinario, resolvió con fecha de 13 de febrero de 2014 sancionar con la expulsión del sindicato de Pablo Álvarez de acuerdo con los artículos 17 (apartados a, b, c, d, e) y 18 (a, b, c, d) de nuestros Estatutos por faltas tipificadas como muy graves y contrarias a los deberes de los afiliados, y tras analizar los dos expedientes sancionares abiertos tras las declaraciones realizadas en varias ocasiones por el demandante en las redes sociales así como otras realizadas en una revista de tirada regional.


3º.- MCA-UGT ha actuado en todo momento con buena voluntad y en aplicación estricta de sus normas estatutarias internas, y prueba de ello es que el Sindicato se aviniera a allanar el camino del proceso judicial y del entendimiento entre las partes y aceptara la petición del demandante previa a la sentencia, pese a lo injustas, gratuitas, imprudentes y graves manifestaciones vertidas por él mismo sobre el Sindicato y en aras a orillar y canalizar las diferencias por los cauces estatutarios adecuados, y evitando luchas estériles y actitudes que poco o nada importan a los trabajadores, que tienen que luchar diariamente contra las cada vez más penosas condiciones laborales.


4º.- La Comisión Ejecutiva Federal de MCA-UGT, atendiendo a las razones esgrimidas por la Comisión Ejecutiva de MCA-UGT Asturias y con el fin de cerrar heridas y avanzar en los objetivos propuestos por las partes, decidió, actuando exclusivamente en su papel procesal de demandada (dada su condición de representante interna y externa del sindicato) aceptar la petición planteada en la demanda, con lo que el demandante quedaba, tal y como solicitaba, incorporado de alta en el Sindicato.


5º.- El allanamiento llevado a cabo por MCA-UGT se debió a la petición realizada por el propio demandante en base a su deseo de seguir afiliado al Sindicato, por lo que nos ha causado una desagradable sorpresa el que el demandante haya dado a conocer su intención de hacer efectiva su baja de MCA-UGT en las redes sociales, incumpliendo el compromiso adquirido con el Sindicato para allanar el camino, e insistiendo en sus graves ataques a UGT.


6º.- Que MCA-UGT Asturias puso en conocimiento del demandante su decisión de allanarse antes de la vista del proceso de demanda (ver documento adjunto) para facilitar su incorporación al Sindicato, como era deseo expreso del demandante, y para evitar mayores perjuicios a ambas partes.


7º.- Que el demandante ha abusado de la buena voluntad de la Organización y ha buscado hacerle el mayor daño posible simulando buscar el entendimiento y ocultando su intención de darse de baja mientras pedía su incorporación al Sindicato, cuando además, ha seguido y sigue insistiendo en sus ataques contra la Federación.


8º.- MCA-UGT no ha expulsado ni expulsará a ningún afiliado ni delegado por criticar la política de la Organización o las actuaciones de sus dirigentes, en contra de lo afirmado por El Mundo en su información; muy por el contrario, estima necesaria la confrontación de ideas y de opiniones en el seno de la Organización, siempre y cuando éstas se enmarquen en el ejercicio democrático del Sindicato y no sean contrarias a sus estatutos y a las normas y obligaciones a los que están sometidos todos los afiliados a la UGT, tanto dirigentes como delegados y afiliados de base.


9º.- MCA-UGT ya desmintió el pasado 19 de marzo una información de El Mundo en el mismo sentido (ver desmentido) en la que afirmaba que se había expulsado al afiliado por criticar al Sindicato en las redes sociales. Además de desmentir la información, la Federación exigió una rectificación sobre la misma, que fue publicada por el diario el 24 de marzo (ver rectificación)​ por entender que en dicha información “se plasman falsedades e imprecisiones y se mezclan opiniones e informaciones de manera tendenciosa y sensacionalista y con una enorme falta de rigor, fruto además de la ausencia de contraste informativo”.


10º.- La Federación no entiende la insistencia de El Mundo en publicar informaciones que no se ajustan a la verdad, que se basan en una sentencia de hace una semana en la que MCA-UGT se vino a allanarse para facilitar una salida menos perjudicial para las partes y que solo busca menoscabar el nombre de MCA-UGT a sabiendas del escaso rigor de la noticia, que no recoge la versión del Sindicato, que también conoce, y la animadversión del demandante hacia la Federación.

Tampoco entiende la relación existente entre esta sentencia, las resoluciones del 41º Congreso Confederal de UGT, y lo que está sucediendo en otros organismos de UGT e Ifes en materia laboral.

Fuente: MCA-UGT