Los interlocutores sociales no somos “juez y parte” en la formación para el empleo
Fecha: 27 Jul 2016
En relación a la noticia publicada el pasado 22 de julio en el diario El Economista, que señalaba que el Ministerio de Empleo excluía a sindicatos y CEOE del control de la formación, UGT y CCOO señalan que el Secretario de Estado de Empleo informó a las organizaciones sindicales y patronales más representativas que, en relación con la Convocatoria de Subvenciones de 2016 para la ejecución de planes de formación, de ámbito estatal, dirigidos prioritariamente a trabajadores ocupados, se había planteado en la Comisión de Secretarios de Estado y Subsecretarios excluir a estas organizaciones del órgano colegiado encargado de emitir informe sobre el resultado de la evaluación que efectúen los técnicos de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo.
Al parecer, las razones de ese planteamiento se encontrarían en la idea, barajada por algún alto cargo de la Administración, de que las organizaciones sindicales y patronales reunirían la doble condición de “juez y parte”, lo que habría sido en su momento denunciado por el Tribunal de Cuentas.
Para CCOO y UGT, una propuesta de este tipo es inadmisible y la rechazan de forma radical porque:
1) La participación de las organizaciones sociales en los órganos de gestión de la formación profesional para el empleo tiene una clara relevancia constitucional, que ha sido declarada en muchas ocasiones por el propio Tribunal Constitucional.
2) Va contra la Ley 30/2015 de Formación Profesional para el Empleo que se aprobó hace menos de un año, el 9 de septiembre de 2015, donde se señalaba explícitamente que el papel de los interlocutores sociales se centraba en “el diseño estratégico, la planificación, la programación, la difusión, el control, el seguimiento y la evaluación de la formación profesional para el empleo”.
Una ley de la que el Gobierno le gusta alardear ya que tuvo un amplio consenso parlamentario, con medidas que introdujeron los partidos políticos, y donde el papel de las organizaciones sindicales y patronales se centraba en la planificación, programación y diseño de la formación, mientras que se excluía a estas organizaciones de la condición de beneficiarias de determinadas subvenciones en esta materia para serlo sólo los centros y entidades de formación.
3) Además, el 19 de marzo de 2014, la Audiencia Nacional dicta sentencia favorable al Ministerio de Empleo y Seguridad Social, CCOO y UGT frente a una demanda de USO sobre esta cuestión. Esta Sentencia confirma la sentencia del Juzgado Central de lo Contencioso de 18 de julio de 2013, siendo ambas los únicos pronunciamientos jurisdiccionales relativos a la participación de la organizaciones patronales y sindicales en este órgano colegiado: “La Resolución de 6 de octubre de 2011 se ajusta plenamente al procedimiento previsto en el art. 24 de la Ley General de Subvenciones, separando las funciones del órgano colegiado, el órgano instructor y el órgano decisorio… Se respeta … el esquema procedimental previsto en el Art. 24 de la Ley General de Subvenciones… la participación de los sindicatos más representativos en la Comisión Permanente de la Fundación Tripartita no atenta a la libertad sindical ni implica, a priori, que dicha Comisión actúe, en la gestión de las subvenciones, con falta de transparencia, objetividad y neutralidad”.
De esta forma, las solicitudes son instruidas por el Gerente de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, que es un funcionario de la Administración Pública y resueltas por la Directora del SEPE, quedando el órgano colegiado como un instrumento intermedio de informe preceptivo, pero no vinculante.
UGT y CCOO señalan que no son “juez y parte” del sistema de formación y se oponen tajantemente a las premisas del Gobierno, que lo que parece enmascarar, en el fondo, bajo un pretexto político de echar del control y seguimiento a los interlocutores sociales, es su intención de paralizar la oferta formativa ante su necesidad de recortar gasto por el incumplimiento del déficit público.
La falta de convocatorias en la formación supone una pérdida para todos
Para ambas organizaciones sindicales, las consecuencias que supone retrasar, o en su caso no convocar, la Oferta Pública Estatal de Formación Profesional para el Empleo genera:
- Desigualdad entre trabajadores. La formación en las empresas no ha tenido parón. Durante este año 2016 las empresas que han diseñado formación para sus trabajadores han podido beneficiarse del Sistema, pero los trabajadores no han tenido oferta formativa, ni sectorial ni transversal, para elegir en qué formarse, ya que la última convocatoria ha sido en 2014 y su ejecución duró hasta diciembre de 2015. En igual situación se encuentran los trabajadores autónomos y los que trabajan en el ámbito de la economía social.
- Las PYMES acceden con más dificultad. En igual situación están los trabajadores de las pymes, aunque éstas tienen más dificultad para diseñar su propia formación y llevarla a cabo, por lo que estos trabajadores tienen más dificultades para mejorar sus competencias profesionales.
- Dificultades para las empresas de Formación. Muchas empresas o centros de formación llevan tiempo manifestando una situación vulnerable y dificultades económicas por la ausencia de convocatorias de formación. La consecuencia, como siempre, la sufren los trabajadores, ya que se están produciendo drásticas reducciones de plantilla por la falta de trabajo.