La sentencia del TJUE limita la libre circulación de personas
Fecha: 12 Nov 2014
La sentencia del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas, de 11 de noviembre, que da la razón al Gobierno alemán al denegar una prestación a una ciudadana rumana, limita aún más la libre circulación de personas y trabajadores en la Unión Europea.
Una sentencia que instaura una nueva y restrictiva definición de la libre circulación y que señala a toda aquella persona en búsqueda de empleo, o a cualquier trabajador o trabajadora que se ha quedado en paro y no ha podido acceder a otro trabajo, como una carga para el sistema de asistencia social del país.
Además, estigmatiza a los trabajadores como emigrantes que únicamente han emprendido el viaje con el propósito de vivir a costa de la asistencia social, con las consecuencias que esto tiene en el rechazo hacia personas de determinadas nacionalidades.
Para UGT, esta sentencia supone un precedente gravísimo, ya que respalda decisiones actuales y futuras de cualquier Estado miembro que dan carta de naturaleza no solo a la denegación de prestaciones, sino también a las expulsiones de ciudadanos comunitarios de los Estados donde buscan empleo o que se han quedado en paro.
Sin duda, otra decisión que cuestiona la igualdad de trato y de oportunidades y que antepone los intereses económicos, los prejuicios y la demagogia de los Estados miembros a las libertades fundamentales de la Unión.