La sentencia de la Audiencia provincial es inadmisible por injusta
Fecha: 29 Sep 2015
La Comisión Ejecutiva de la Unión General de Trabajadores de Asturias hace una valoración negativa de la sentencia de la Audiencia provincial de Oviedo por la que se revoca parcialmente la pena de prisión para los cinco sindicalistas de UGT en Arcelor condenados injustamente por formar parte de un piquete durante la huelga general de marzo de 2012.
La sentencia que hemos conocido hoy resulta inadmisible en tanto en cuanto continúa sin reconocer la inocencia de los cinco compañeros que fueron condenados por el juzgado de lo Penal número 1 de Gijón por unos hechos que no cometieron, encausados sin pruebas ni testigos, ni declaración policial, solamente con las declaraciones contradictorias de un miembro del comité de empresa.
Por tanto, la resolución de la Audiencia sigue siendo injusta toda vez que únicamente entra a valorar (y reduce, para evitar la entrada en prisión) la cuantía de las penas aplicadas, pero no cuestiona la sentencia del juzgado de lo penal de Gijón en lo que concierne a la existencia de delito.
Por ello, nuestra posición al respecto es la de estudiar las posibilidades de recurso para continuar el proceso legal hasta que se demuestre la inocencia de nuestros compañeros.
No podemos, pues, expresar el mínimo grado de satisfacción por esta sentenciaen, máxime cuando se produce en un contexto de ataque sistemático al movimiento sindical en nuestro país, dentro de la campaña emprendida por el gobierno del PP en menoscabo de las libertades ciudadanas que ha propiciado que cientos de sindicalistas estén inmersos en procesos penales similares en todo el país.
Una campaña que ha tenido a la Ley mordaza entre sus máximos exponentes.
Finalmente, queremos remarcar que seguimos exigiendo la derogación del artículo 315.3 del Código Penal, que criminaliza a los sindicalistas por ejercer un derecho constitucional, como es el de huelga.