UGT reclama regular el derecho a la desconexión laboral por ley
Fecha: 07 Ago 2020
Llega el periodo vacacional y cada vez resulta más complicado desconectar del trabajo
• Este nuevo derecho debe incluirse en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, como un derecho más, y en la ordenación del tiempo de trabajo, ya existente en el ET.
• La crisis del coronavirus, con el confinamiento, los contagios y el teletrabajo, ha mostrado la imperiosa necesidad de regular el derecho a la desconexión por ley.
• El registro de jornada y una ley sobre el teletrabajo se manifiestan como elementos clave para evitar los abusos empresariales y respetar los tiempos de descanso.
La Unión General de Trabajadores reclama la regulación del derecho a la desconexión por ley, incluyéndolo tanto en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales como un derecho más, como en la ordenación del tiempo de trabajo, ya existente en la Ley del Estatuto de los Trabajadores.
Todo ello bajo el paraguas del diálogo social y sin perjuicio del relevante papel que pueden jugar los convenios colectivos, cruciales a la espera de una necesaria intervención legislativa.
El sindicato considera que Agosto es, para muchos trabajadores y trabajadoras, el mes más esperado. Muchas personas ya están disfrutando del necesario descanso y otras muchas lo harán en breve. Sin embargo, año tras año vemos como resulta cada vez más complicado desconectar del trabajo. Cada vez es más habitual encontrarnos a personas atendiendo, en cualquier momento y en cualquier lugar, un mensaje, una llamada del trabajo o correo electrónico. Con el móvil, la tablet o el ordenador compartiendo espacio con la sombrilla y la toalla.
La inadecuada gestión de las tecnologías de la información y comunicación (TIC’s) en el entorno empresarial, esta difuminando la frontera entre el tiempo profesional y el personal o privado. El aumento de la carga de trabajo y la interrupción del tiempo de descanso, debilitan la salud mental de muchos trabajadores.
La utilización de dispositivos electrónicos para el desempeño del trabajo conlleva la exposición de los trabajadores a un exceso de información o “infobesidad”, así como la toma de decisiones demasiado rápidas, sin oportunidad de pensar en ellas, pudiendo verse afectados por tecnoestrés laboral, sobrecarga o fatiga mental, dada la imposibilidad de procesar tal cantidad de información, unido a la falta de tiempo para profundizar en la misma. Incluso pudiendo desarrollar adicciones al uso de estas nuevas tecnologías.
Además, la crisis del coronavirus ha agravado esta situación. El nivel de estrés generado por la pandemia, o el aislamiento de los teletrabajadores también puede generar problemas entre los mismos, ya que no se facilita la transmisión del conocimiento, pueden sentirse discriminados en el acceso a ascensos o formación, pueden sentir una falta de reconocimiento por parte de sus superiores, etc.
Respeto a los tiempos de descanso
Para UGT, algunas empresas no respetan los tiempos de descanso de los trabajadores y trabajadoras, lo que, unido al temor de estos a la pérdida del puesto de trabajo, dificultan o hacen imposible esa desconexión tan necesaria para poder afrontar de nuevo el trabajo cotidiano pasado el periodo estival.
Desde UGT, venimos denunciando que la conectividad no debe ser en ningún caso sinónimo de “disponibilidad permanente” hacia las necesidades de la empresa. La conectividad constante (atender el teléfono o la mensajería, revisar el correo electrónico o acceder a redes sociales de la empresa, etc.) dificulta la desconexión mental y la propia recuperación física y psíquica de las personas trabajadoras.
El sindicato manifiesta que esta disponibilidad permanente conlleva riesgos psicosociales e incrementa los niveles de estrés. Ya se está hablando de nuevas patologías como el tecnoestrés laboral o la “nomofobia” u otras adicciones derivadas del uso continuado y no racionalizado de las nuevas tecnologías.
El registro de jornada y la normativa sobre el teletrabajo, claves en la futura ley
La Unión General de Trabajadores considera fundamental que la ley de desconexión incluya la necesidad de un registro de jornada obligatorio, tanto para los centros de trabajo como para las personas que teletrabajan en sus casas, con el fin de evitar abusos. Con la crisis del coronavirus, y la extensión del teletrabajo en muchas empresas, se ha podido comprobar cómo las personas son totalmente dependientes del trabajo en sus casas, sin poner límite a su jornada laboral y sin hacer efectivo este derecho a la desconexión.
Además, el sindicato considera fundamental la actualización del marco normativo actual sobre pantallas de visualización de datos y regular la gestión de los factores de riesgo psicosocial asociados al uso de las TIC´s, incluyendo los asociados a la conciliación y al teletrabajo.
En este sentido, la nueva ley sobre teletrabajo que se está acordando en el diálogo social se hace indispensable. Tanto el teletrabajo móvil como el teletrabajo a domicilio presentan claras dificultades para llevar a cabo la evaluación previa del lugar de trabajo y las revisiones periódicas de las instalaciones y equipos, así como para que el empresario cumpla con su deber de controlar las medidas preventivas implantadas. Debería revisarse la legislación para adaptarla a estas nuevas formas de trabajo, así como fomentar la inclusión de cláusulas a través de los convenios colectivos que regulen los aspectos del teletrabajo.
Por otra parte, UGT propone que se regule de una forma más extensa los preceptos que debe incluir la política empresarial sobre desconexión digital, en la que se recojan las formas que tienen los trabajadores (incluidos los directivos) de ejercer su derecho a la desconexión, las acciones formativas y de sensibilización para evitar la fatiga informática, y para la elaboración de la misma, deben ser oídos los representantes de los trabajadores. Desde nuestro punto de vista, dicha política debería integrarse en la política preventiva de las empresas.
La frontera entre la vida laboral y la vida privada debe estar clara y, por eso, es fundamental que se regule por ley el “derecho a la desconexión” cuando se termina la jornada laboral, o en los períodos necesarios de descanso. Frente al “hiperpresentismo” digital, que habilitan las nuevas tecnologías de la información y la comunicación, han de abrirse posibilidades de implementación de medidas de “desconexión” que permita gestionar adecuadamente el uso de estas tecnologías en la jornada laboral, garantizándose la desconexión digital y evitando su uso inadecuado durante los descansos y pausas, fuera de la jornada laboral o las vacaciones.