El Gobierno se apunta a la ola de intolerancia y rechazo a la migración que se extiende por Europa

Fecha: 04 Jun 2014

​UGT rechaza la reforma de la Ley de Extranjería anunciada por el Gobierno, que lo único que pretende es cambiar la legislación para avalar las “devoluciones en caliente”. Para el sindicato, el Ejecutivo demuestra incompetencia ante la situación actual y se viene a sumar a la oleada de intolerancia, xenofobia y rechazo a la migración, en general, que se extiende por Europa. UGT denuncia que el contenido que se le quiere dar a esta reforma podría incumplir la normativa nacional e internacional, por lo que exige al Gobierno que afronte la realidad, retire su propuesta y garantice una política de controles fronterizos respetuosa con los derechos humanos. 

El Gobierno español anuncia una reforma de la Ley de Extranjería como respuesta a las críticas que está recibiendo y dar así carta de naturaleza a determinadas actuaciones sobre quienes intentan entrar irregularmente en España. 

No puede obviarse que la presión migratoria ocasiona situaciones difíciles en las Ciudades Autónomas y en otros lugares de entrada en la Unión. Pero si la única respuesta del Gobierno español, tanto a estos territorios, como a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y a un flujo migratorio que no va a cesar, es modificar la ley para avalar las “devoluciones en caliente”, esto demuestra no solo su incompetencia y desconocimiento, sino también su visión a corto plazo. Nada distinto sucede ahora a lo que viene ocurriendo desde hace años y, quizás, la verdadera razón para anunciar una reforma de la Ley tenga más que ver con la oleada de intolerancia, xenofobia y rechazo a la migración en general, comunitaria y no comunitaria, que está recorriendo Europa y de la que están haciendo gala, en especial, determinados estados miembros. 

Este anuncio, unido a lo que la política migratoria y las medidas que afectan directamente a la población española de origen extranjero, demuestra que a este Gobierno le molestan los inmigrantes, estén dentro de España o traten de entrar, siempre, obviamente, que hablemos de inmigrantes pobres, de los que buscan una vida mejor.

Resulta preocupante este anuncio del Gobierno de incorporar a una reforma de la Ley de Extranjería que ya está prevista otros contenidos en el documento de la Subcomisión de Duplicidades administrativas de la CORA que permitiesen la devolución inmediata de personas que tratan de entrar irregularmente en España y que, supuestamente, se extendería no solo a aquellos que tienen como destino las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla, sino a las que tratan de alcanzar las costas españolas. Preocupante porque hay derechos y normas, por encima de la Ley de Extranjería, que podrían verse vulnerados.

Teniendo en cuenta la legislación, tanto nacional como internacional vigente e, incluso, el contenido del Convenio de Readmisión con Marruecos, no es posible proceder a devoluciones sin previamente haber permitido a estas personas no solo la entrada en territorio nacional, sino un derecho fundamental, avalado por la normativa internacional, como es la presentación, en su caso, de solicitudes de asilo y/o protección internacional, obviamente con el apoyo jurídico y traducción necesarias. Si la intención del Gobierno español es modificar la LOEX para devolver inmediatamente a estas personas, estaría incumpliendo la normativa internacional y nacional. 

Por otra parte, incluso en cualquier decisión de retornar a una persona, que incluye también la entrega a países con los que se tiene convenio de readmisión, y posterior regreso a su país de origen, es preciso asegurarse de que ni en el país de tránsito, ni en el destino, la integridad física de la persona no corre ningún peligro, y además permitir recurrir las decisiones de retorno.

Siendo así, UGT no puede entender qué aspectos de la normativa de extranjería quieren modificarse, porque es preciso garantizar una serie de derechos básicos, humanos, a los que está obligado este país, tanto por la legislación internacional como por la nacional. El anuncio del Gobierno, que cambia de opinión cada día sobre esta materia, no afronta ni la realidad, ni todas las dimensiones de esta situación. Es un tema europeo, obviamente, y a la Unión Europea, y a todos sus estados miembros, hay que pedir corresponsabilidad, pero no solo en materia de política de inmigración y asilo ni únicamente de más dinero para reforzar la vigilancia fronteriza, sino para afrontar que el origen de estos flujos es un efecto huida de países que carecen de oportunidades, de vida digna o incluso donde estas personas son perseguidas. Y corresponsabilidad también en la acogida de quienes logran entrar de manera irregular en España y el resto de estados miembros que constituimos la puerta de entrada a la Unión. 

Pero también, el Gobierno español tiene que garantizar que la política de controles fronterizos son respetuosas con los derechos humanos, incluido el de cualquier persona a solicitar protección internacional en España, así como dotar de forma suficiente a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, tanto para el control como para la tramitación de las solicitudes de las personas que consiguen llegar a territorio español. 

 

ANEXO: Selección de normas y contenidos

  • Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea: artículo 1, la dignidad humana es inviolable. Será respetada y protegida. Se garantiza el derecho de asilo, y el respeto a las normas de la Convención de Ginebra. Se prohíben las expulsiones colectivas. Nadie podrá ser devuelto, extraditado o expulsado a un Estado en el corra grave peligro de ser sometido a pena de muerte, a tortura o a otras penas o tratos inhumanos o degradantes.
  • Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea: artículo 78, garantiza el principio de no devolución a los extranjeros que necesiten protección internacional.
  • Directiva 2008/115, relativa a las normas y procedimientos comunes en los estados miembros para el retorno de nacionales de terceros países en situación irregular: considera dentro del concepto de “retorno” el proceso de vuelta de un nacional de tercero país, ya sea su país de origen o aun país de tránsito con el que haya acuerdo de readmisión. Se ha de respetar, siempre, el principio de no devolución y conceder a quien se quiera retornar el derecho efectivo a interponer recursos contra las decisiones de retorno y la posibilidad de tener asesoramiento jurídico, representación y, en su caso, traducción.
  • Ley 12/2009, reguladora del derecho de asilo y la protección internacional: todas las personas presentes en territorio español tienen derecho a solicitar protección internacional. Principio de no devolución ni expulsión, de las personas a las que se haya reconocido protección internacional.
  • Acuerdo entre el Reino de España y el Reino de Marruecos, relativo a la circulación de personas, el tránsito y la readmisión de extranjeros entrados ilegalmente: la solicitud de readmisión debe presentarse en los diez días posteriores a la entrada ilegal en el territorio, y deben constar en ella los datos disponibles a la identidad, documentación personal del extranjero y condiciones de su entrada ilegal.​

Fuente: UGT