El bono social no cubre las necesidades básicas de electricidad de los hogares más pobres
Fecha: 10 Oct 2017
UGT considera que la regulación que ha aprobado el Gobierno sobre el bono social no garantiza el acceso a un suministro básico de electricidad de forma igualitaria para todas las rentas, y menos para los hogares que más lo necesitan. Y no resuelve las situaciones que se están produciendo por el incremento del recibo de la luz. El sindicato exige una reforma en profundidad del mercado eléctrico, revisar los conceptos fijos de las tarifas eléctricas y reducir la fiscalidad de este suministro básico aplicando el IVA súper reducido.
La Unión General de Trabajadores considera que el bono social, cuya orden aprobada ayer desarrolla el Real Decreto 897/2017, de 6 de octubre, no es la respuesta adecuada para proteger a las personas más vulnerables ni para garantizar el acceso al suministro básico de electricidad en condiciones de igualdad para todas las rentas. Y es claramente insuficiente para evitar los cortes de suministro en casos de pobreza extrema.
Tanto la regulación de bono social como la definición de consumidores vulnerables no es la adecuada porque no garantiza el acceso a toda la población a un suministro básico de electricidad. El descuento sobre la factura es claramente insuficiente porque se fija un límite máximo de consumo en función de la unidad familiar, mientras que en el consumo de calefacción deberían tenerse en cuenta fundamentalmente los metros de la vivienda, y no tanto el número de personas que componen el hogar. Tampoco tiene en cuenta el mayor consumo en los meses de invierno, ni diferencia por zonas climáticas. Por tanto, las familias tendrían que pagar el exceso de los kilovatios sin descuento.
UGT no comparte la definición que el Gobierno realiza de consumidor vulnerable porque fija criterios basados fundamentalmente en los ingresos, el número de miembros de las familias y el límite de consumo, sin tener en cuenta que la mayoría de estos hogares pertenecen a hogares energéticamente ineficientes e incluso, el gasto medio de consumo en hogares energéticamente pobres tiene un consumo superior al límite que se ha establecido en el Real Decreto. El sindicato está también en desacuerdo que las familias numerosas por el hecho de serlo, y sin considerar sus rentas, puedan disponer del bono social sin límite temporal hasta que dejen de ser familia numerosa.
UGT considera que la prueba de rentas no debería ser demostrable desde el año anterior sino en el momento presentar la solicitud. En cambio, con la regulación aprobada por el Gobierno tiene que acreditar su situación de con la declaración de la renta del año anterior. El sindicato recuerda al Gobierno que una persona pasa en un espacio muy breve de tiempo a situación de exclusión social, desde el momento en el que no se reciben rentas.
Por otra parte, la Unión General de Trabajadores advierte que ser perceptor del bono social no impide el corte de suministro y solo lo hace para los consumidores en riesgo de exclusión social, si la Administración local o autonómica asume el 50% del importe de la factura.
UGT denuncia que esta regulación no resuelve las situaciones que se está produciendo por el incremento vertiginoso de la factura de la luz. Y reclama una reforma en profundidad del mercado eléctrico, estableciendo que el precio de Kwh. se fije en función de su coste real de generación, acabando de esta manera con el actual sobrepago a las empresas eléctricas.
Además, se debería revisar el conjunto de conceptos incluidos en la parte fija de las tarifas eléctricas (potencia contratada), para determinar la procedencia de los que deban ser asumidos por el conjunto de consumidores, permaneciendo en la tarifa, y los que proceda que sean sufragados por los PGE por ser más propios de otras políticas sectoriales, industriales o territoriales. Además, es preciso reducir la fiscalidad de estos suministros básicos, aplicando el IVA súper reducido, en el marco de un modelo fiscal justo, progresivo y suficiente como el que debe contar nuestro país; recordando que, en el caso del suministro de agua, otro bien esencial, el IVA aplicado es del 10%.