El TSJ desestima la demana contra la Ley de Participación Institucional
Fecha: 20 Jul 2016
El Reglamento que desarrolla la Ley 7/2015 de participación y colaboración institucional de la Generalitat Valenciana no vulnera los derechos fundamentales de los sindicatos minoritarios.
La Sala Quinta de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha dictado sentencia declarando la conformidad a derecho del Decreto 193/2015 de 23 de octubre del Consell de la Generalitat Valenciana, de participación y colaboración institucional. Dicho Decreto había sido recurrido por los sindicatos CSI-F, USO-CV, SI e IV quienes alegaban que vulneraba sus derechos de no discriminación y de libertad sindical.
El Tribunal ha declarado que los preceptos impugnados por los sindicatos minoritarios son acordes a la Constitución Española, y ha estimado que únicamente el texto del art. 9, relativo a la participación en otros órganos colegiados abierto a otras organizaciones o entidades, debe limitar su intervención a los órganos colegiados, constituidos por el sector público instrumental de la Generalitat.
La Sala confirma que el criterio de la representación y participación institucional de los sindicatos es un criterio diferenciador adecuado y que “resulta legalmente válido que se subvencione a los sindicatos que soportan la carga de la representación institucional y no se haga lo mismo con los que se hallan en caso contrario”.
UGT-PV valora positivamente el contenido de la sentencia y el reconocimiento que la misma efectúa de la participación institucional y del dialogo social que llevan a cabo los sindicatos que tienen la consideración de más representativos en el ámbito de la Comunidad Valenciana, la cual ha venido ejerciendo con responsabilidad, pese a las dificultades de los últimos tiempos devenidas del cuestionamiento de la ley.