El Tribunal Supremo da la razón a UGT y declara vigente el convenio de Transporte de Mercancías y Logística de Barcelona
Fecha: 22 Ene 2016
El Tribunal Supremo ha dictado una sentencia a través de la cual se desestiman los recursos de casación interpuestos por las patronales ACET y TRANSCALIT contra la sentencia del TSJC de 12 de diciembre de 2013, que declaraba vigente el Convenio Colectivo de Transporte de Mercancías y Logística de la Provincia de Barcelona 2007-2010.
La sentencia concluye que el convenio sectorial, que afecta más de 30.000 trabajadores y trabajadoras, no ha perdido vigencia y que, por tanto, es contrario al derecho el contenido de la comunicación que han efectuado diversas empresas -de las 350 incluídas en el ámbito de aplicación, com DHL, TRADISA, Azkar o TDN- expresando que el convenio ha perdido vigencia y eficacia, y que las relaciones laborales se pasarán a regir por el Acuerdo General de Mercancías y el Estatuto de los Trabajadores.
El convenio venció el 31 de diciembre de 2010. Durante dos años y medio, las dos patronales del sector se negaron a negociar, ya que esparaban que, gracias a la reforma laboral del PP -que limita la ultraactividad de los convenios a sólo un año-, el convenio perdiese su vigencia el 8 de julio de 2013 y el sector quedara desregulado. Esta sentencia, sin embargo, significa que el convenio no decayó y que continúa vigente, de manera que se han agotado las excusas que las patronales han utilizado durante años para no sentarse a negociar, y a las empresas que han dejado de aplicar el convenio las excusas para no aplicarlo.
Nos queda mucho camino para restablecer las condicions sociales y económicas del sector que se han perdido en los últimos años, pero desde UGT-Catalunya no cejaremos en nuestras reivindicaciones y seguiremos luchando por un convenio sectorial fuerte que luche contra los convenios de empresa que recorten derechos y contra la competencia desleal de aquellas empresas que contraten empresas de servicios que sometan a los trabajadores y trabajadoras a condicones sociales y salariales de mínimos.