El Supremo da la razón a UGT al declarar que la suspensión de las elecciones sindicales en el exterior vulnera los derechos fundamentales
Fecha: 10 Jun 2014
La sala de lo Social del Tribunal Supremo ha declarado que la Administración General del Estado ha vulnerado los derechos fundamentales así como la libertad sindical al suspender las elecciones sindicales de los trabajadores que prestan sus servicios en las Embajadas y en las Oficinas diplomáticas de España el exterior. Dicha sentencia ratifica lo declarado por la Audiencia Nacional.
Tras la publicación de la norma por la que se iban a celebrar las primeras elecciones, la Administración General del Estado y el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de varios instrumentos legales, como la Resolución del Consejo de Ministros de 11/05/2012, emprendieron un camino de vulneración de Derechos Fundamentales y de la libertad sindical, ahora denunciado y ratificado por el Tribunal Supremo.
Tras las diferentes demandas interpuestas por la Federación de Servicios Públicos de UGT (FSP-UGT), el Gobierno de España, aprovechó para incluir esta suspensión en el Decreto de Intervención bancaria (Decreto Ley de 7 julio de 2012) arrogándose la competencia exclusiva en esta materia.