El informe del Tribunal de Cuentas no acusa a UGT de incumplir la ley con la formación
Fecha: 13 Nov 2014
- El informe de fiscalización expresa su disconformidad con la legislación, que considera “excesivamente permisiva”
- No cuestiona los gastos en manutención y alojamiento de los alumnos sino aspectos formales de la justificación
El informe de fiscalización del Tribunal de Cuentas sobre la gestión de la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo correspondiente a la convocatoria de 2010 hecho público el 11 de noviembre no dictamina, en ningún caso, que UGT haya incumplido la ley o haya desviado dinero de los cursos de formación, según concluye la circular remitida hoy por la Secretaría de Formación de UGT, Teresa Muñoz, a todas las organizaciones del Sindicato.
En la circular se analiza pormenorizadamente el mencionado informe y se clarifica el contenido y alcance real del mismo, que no se corresponde con lo publicado en buena parte de los medios de comunicación. El contenido de las explicaciones puede resumirse en cinco puntos:
Al Tribunal de Cuentas no le gusta la regulación vigente, y en consecuencia tampoco las actuaciones que se acogen a ella. Según el Informe del Tribunal de Cuentas UGT “contrató, al menos, 1,1 millones de euros de forma directa, lo que vulnera los principios de transparencia, concurrencia, eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos públicos”, ocultando que en el mismo Informe se señala igualmente que “la contratación celebrada es acorde con lo recogido en la mencionada Disposición adicional quinta” de la Ley 43/2006, que modificó la Ley de Subvenciones, si bien el Tribunal considera que se trata de una norma excesivamente permisiva, con el resultado de ser “cuanto menos poco respetuosa con los principios de transparencia, concurrencia, eficacia y eficiencia en la utilización de los recursos públicos”. Es decir, el propio Informe afirma que aquella contratación directa fue perfectamente legal, aunque conforme a una norma, que sigue vigente, que al Tribunal de Cuentas ni le gusta ni le parece adecuada y la considera “excesivamente permisiva”. Por ello, se recomienda estudiar la idoneidad o no de mantener dicha norma concreta.El exceso de subrogación apuntado por el Tribunal tiene amparo legal. El Art.17.2 de la Orden TAS/718/2008, de 7 de marzo, que sigue vigente, y por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a la financiación de la formación profesional para el empleo, prevé expresamente que se pueda subcontratar la totalidad de la actividad subvencionada, eso sí, bajo ciertos requisitos y siempre previa autorización del órgano concedente. Como ha ocurrido siempre en los planes subvencionados a UGT.El Tribunal de Cuentas no discute el gasto en alojamiento y manutención de los alumnos, discrepa de los aspectos formales de su justificación. La circular de la Secretaría de Formación de UGT explica claramente esos conceptos, que suponen una media de gasto diario por alumno de 24,17 euros de la Escuela Julián Besteiro serían sin duda mucho mayores si se hubieran hecho en hoteles y restaurantes.El Tribunal de Cuentas pide a la Fundación Tripartita clarificar los conceptos de costes directos y asociados. Cuestiona un cargo de 128.349 € en concepto de gastos de facturación de material didáctico, y otros 543.315 € como costes de personal propio de la Fundación IFES, al entender que deberían ser considerados costes asociados a la actividad formativa y no costes directos. Se trata de una discrepancia en el concepto de esos costes, que contradice lo que ha sido declarado por una reciente sentencia de un juzgado de lo contencioso-administrativo y por la propia Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo, hasta el punto de que el propio Tribunal de Cuentas en su Informe termina apuntando que “sería necesario que la FTFE delimite de forma clara los conceptos” de costes directos y asociados”.El Tribunal considera incorrecto que UGT imputara a la subvención la formación de sus trabajadores, pero no señala la norma que lo impide. UGT imputó a la subvención concedida 319.828 euros en acciones formativas en las que han participado sus propios trabajadores, lo que el Tribunal considera no es correcto, al considerar que la formación de sus trabajadores no debería tener acogida en la formación de oferta organizada por el propio sindicato, sino en la de demanda bonificada, mediante descuento en las cuotas de Seguridad Social. Pero no hay norma que lo prohíba, y como todo lo demás, ha sido avalado por el SEPE y la FTFE al justificar el plan de formación del año 2010 fiscalizado por el Tribunal de Cuentas.
Fuente:
UGT