Cuánto sube el SMI y otras preguntas que resuelve UGT #TududatusolucionUGT

Fecha: 14 Feb 2023

UGT ha elaborado un cuestionario resolviendo las principales dudas que le puedan surgir a las personas trabajadoras sobre su derecho a cobrar el SMI.

¿Cuánto será el SMI en 2023?

El SMI en 2023 será de 1.080 euros repartidos en 14 pagas para una jornada completa de 40 horas semanales. Este año la subida ha ascendido a un 8%, lo que nos acerca al 60% del salario medio, tal y como marca la Carta Social Europea suscrita por España. En términos anuales el SMI ha aumentado en 1.120 euros.

¿Desde cuándo puedo cobrar esta nueva subida del SMI?

Desde que entre en vigor el Real Decreto Ley, pero tendrá carácter retroactivo, desde el 1 de enero de este año. De tal forma que, si la norma entra en vigor en marzo, la subida debe abonarse desde el 1 de enero del presente año.

¿Me puedo beneficiar de la subida del SMI?

Sí. Todas las personas que perciban la cuantía del SMI o una inferior, deben ver actualizadas sus nóminas al menos a esa cuantía.

¿Y si trabajo menos de 40 horas semanales o tengo un contrato a tiempo parcial?

Si tu trabajo es tiempo parcial, tu retribución debe ser al menos el SMI en proporción a las horas trabajadas. Es decir, el salario mínimo que se recibe estará aminorado proporcionalmente a las horas de menos que se realicen respecto a la jornada máxima legal establecida.

¿El SMI es para todos los sectores de actividad?

Ninguna actividad de ningún sector de ninguna empresa puede cobrar menos que lo que se establece como Salario Mínimo Interprofesional, de ahí el nombre que recibe.

¿Tienen la obligación todas las empresas de aplicarlo?

Sí todas las empresas están obligadas a abonar a sus trabajadores y trabajadoras al menos el importe del SMI. Es una cuantía retributiva mínima anual. Los convenios colectivos y los contratos individuales de trabajo pueden fijar retribuciones mayores, pero nunca inferiores.

¿Puede haber algún convenio por debajo del SMI?

No. Los salarios acordados en convenio colectivo no podrán, en ningún caso, ser inferiores en cómputo anual a la cantidad fijada en el SMI.

¿El SMI también afecta a las personas trabajadoras que no están cubiertas por convenio?

El Salario Mínimo Interprofesional fija la cuantía mínima que una persona trabajadora debe recibir con independencia de sector o empresa, esté protegida por convenio o no, tenga contrato indefinido o temporal.

¿Qué puedo hacer si la empresa incumple la subida del SMI?

Ninguna empresa está eximida de la obligación legal de establecer el SMI, ni debería pagar por debajo de este salario mínimo. Pero si sucede hay que reclamar a la empresa este derecho. Desde su publicación en el BOE se dispone de un año para reclamar esta subida del SMI. Si la empresa se niega, el siguiente paso sería denunciarlo. Si la empresa llegara a despedir al trabajador como consecuencia de reclamar este derecho se consideraría despido nulo. El empresario tendría la obligación de readmitir al trabajador y abonarle los salarios que haya dejado de cobrar.

No obstante, UGT cuenta con servicios jurídicos adaptados a la actividad profesional que desarrolles. Si tienes algún problema ponte en contacto con nosotros para poder asesorarte e indicarte los pasos a seguir.


Fuente: UGT