Las personas trabajadoras del Grupo RACE podrán decidir la fecha de inicio de los permisos

La Audiencia Nacional anula la obligatoriedad de iniciar el disfrute de los permisos del artículo 37.3 b) del Estatuto de los Trabajadores el día del hecho causante

Tras la acción inicial promovida por UGT en contra del procedimiento interno para el disfrute de permisos en las empresas del Grupo RACE publicada tras la modificación del artículo 37 del Estatuto de los Trabajadores como consecuencia de la aplicación del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, la sentencia 102/2024 de la Audiencia Nacional anula la obligatoriedad de dar comienzo al disfrute del permiso por accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica que precise reposo domiciliario el día del hecho causante.

La sentencia considera restrictiva o limitadora del disfrute de dicho permiso de forma injustificada, al no existir dicha limitación en la norma, y además considera dicha restricción contraria al principio de igualdad real, ya que esta medida contribuiría a perpetuar la brecha laboral de género, “que supone un desincentivo para que los hombres asuman el deber de corresponsabilidad en las cargas familiares”.

Se reconoce por tanto el derecho de las personas trabajadoras de determinar la fecha de inicio en función de sus posibilidades de conciliación y mientras permanezca el hecho causante.

Desde UGT valoramos muy positivamente esta sentencia. Seguimos avanzando en el ejercicio corresponsable de los derechos de conciliación.
 

 


Fuente: UGT