Las estaciones de servicio desatendidas perjudican a todos y todas

Fecha: 08 Sep 2016

El informe presentado por la CNMC es, a juicio de las entidades firmantes, desacertado, parcial e inaceptable por los siguientes motivos:

• DESTRUCCIÓN DE PUESTOS DE TRABAJO

• REDUCCIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES

• ELIMINA LOS DERECHOS RECONOCIDOS A PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES

• DISMINUYE LA SEGURIDAD DE LAS PERSONAS Y EL MEDIO AMBIENTE

• PROPONE DESREGULAR EL URBANISMO PARA PONER GASOLINERAS EN CUALQUIER SITIO

• CONFUNDE LOS FINES DE LAS COOPERATIVAS E IGNORA LAS VENTAJAS FISCALES DE LAS QUE SON ACREEDORAS

El informe de la CNMC, así como el artículo publicado en su blog bajo el título de “Mitos y realidades de las gasolineras desatendidas”, suponen sin duda alguna la mejor publicidad que jamás haya realizado empresa alguna para lanzarse en un mercado.

Presenta un supuesto pero falso mundo futuro feliz para el consumidor bajo la premisa de que lo único importante es el precio final del producto, prometiendo descuentos que no se ajustan a la realidad actual y que saben que no se pueden producir en el futuro y saltándose toda una serie de normativas que regulan hoy en día el sector, con la excusa de que lo mejor sería eliminarlas para abaratar costes.

La CNMC olvida que existen problemas de fondo en este mercado que inciden de manera directa en el precio final del carburante y que no se van a resolver restringiendo los derechos de los consumidores y de colectivos vulnerables como las personas discapacitadas.

Es necesario recordar a Machado, “sólo un necio confunde valor con precio”.

Las entidades firmantes lamentamos no haber sido consultadas para la elaboración de este informe y se ofrecen a la CNMC para aclarar y debatir todos los puntos que sean necesarios con el fin de evitar opiniones equivocadas o con intereses partidistas sin tener en cuenta la realidad de un sector estratégico.

Considera la CNMC irrelevante que haya trabajadores en la gasolinera, ya que suponen un coste innecesario para la empresa y no aportan nada al consumidor.

Creemos que ni el más neoliberal de los planteamientos económicos ha llegado tan lejos. Esperemos que no lo transciendan a todos los sectores de nuestra economía.

Desde las Asociaciones Sindicales y las Patronales reivindicamos la vital importancia de los trabajadores y la profesionalidad y formación de los mismos; y lo hacemos desde un punto de vista económico, social y ético, recogido en La Constitución Española, que en su capítulo III “De los principios rectores de la política social y económica” y en su artículo 40 establece “…De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo”.

Respecto a la irrelevancia de la presencia de trabajadores en las estaciones de servicio, es importante indicar que precisamente en nuestro país la normativa que viene a establecer la presencia obligatoria de un trabajador, se justifica por una serie de funciones que únicamente pueden ser desempeñadas a través de la actuación profesional de una persona debidamente formada, y que se fundamentan en una especial atención en la vigilancia de elementos que atendiendo a un mal uso por parte de los usuarios pudiera generar un riesgo, como puede ser la utilización de teléfono móvil, encender mecheros o cerillas o fumar en determinadas zonas. Por lo tanto, no hay capacidad alguna para intervenir en casos de incidentes o accidentes. Estos establecimientos trasladan absolutamente la responsabilidad de la seguridad al consumidor.

Recomienda la CNMC que se eliminen derechos de los consumidores por suponer un coste adicional para las empresas de gasolineras desatendidas.

Propone, expresamente, eliminar la obligación de tener recipientes calibrados para que el consumidor pueda comprobar que paga por lo que efectivamente compra, eliminar las hojas de reclamaciones porque si el cliente quiere reclamar existen otros medios para hacerlo y que no sea obligatorio disponer de guantes y papel en la instalación. Y todo ello lo vuelve a justificar porque supone un coste para las empresas de gasolineras desatendidas.

Tanto el Gobierno Central, como los distinto Gobiernos Autonómicos a lo que se les ha transferido las competencias en ésta materia, tienen la obligación, recogida en el artículo 51 de nuestra Constitución, de garantizar la defensa de los derechos de los consumidores y usuarios.

La mayoría de administraciones ha considerado que este sector es de especial relevancia y por ello ha dictado normas específicas para preservar éstos derechos en el desarrollo de nuestra actividad comercial. Proponer eliminarlos en aras a la mejora de la rentabilidad de determinadas empresas es inaudito, y más proviniendo dicha recomendación de una institución que debe de velar por los intereses de esos consumidores.

Las propuestas que se reflejan en el informe de la CNMC, suponen por tanto no una precarización sino una directa eliminación de los derechos más fundamentales de las personas consumidoras y usuarias, en aras del fomento de un negocio que se propone sin plantear las necesarias garantías a los destinatarios finales del servicio, a los cuales se le limita la posibilidad de reclamar, además de la más mínima comprobación de que la prestación es correcta o incluso, para las personas con discapacidad, al adecuado acceso a un servicio que puede resultar esencial para una adecuada movilidad y por tanto autonomía personal.

Sin duda estas propuestas nos plantean un modelo de negocio basado en un desequilibrio desproporcionado entre el vendedor y el usuario final que es absolutamente incompatible con el mandato constitucional referido.

Elimina los derechos reconocidos a personas con capacidades diferentes.

En primer lugar, hay que considerar que la CNMC ofrece una visión sesgada de la problemática porque únicamente recoge consideraciones de tipo económico.

Se puede afirmar, sin ningún género de duda, que el documento emitido por la CNMC sólo aporta criterios economicistas, que no deben prevalecer sobre los derechos de las personas.

Resulta alarmante que las regulaciones aprobadas en distintas Comunidades Autónomas, sean consideradas en éste documento una “barrera normativa” a este tipo de negocio por tratar de garantizar los derechos de las personas con discapacidad. No estamos en contra de la libertad de empresa o del aumento de la competencia; únicamente de iniciativas que obvien y excluyan al colectivo de personas con discapacidad.

Asimismo, se advierte que en numerosas ocasiones estas estaciones de servicio no cuentan con las medidas de accesibilidad pertinentes para que las personas con la movilidad reducida puedan utilizar con autonomía el dispensador o el dispositivo de pago. Esta situación ya fue denunciada por COCEMFE CV en febrero de 2015 y se requirió una normativa que aportara soluciones.

La Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre), recoge en su artículo 29.1, que “todas las personas físicas o jurídicas que, en el sector público o en el sector privado, suministren bienes o servicios disponibles para el público, ofrecidos fuera del ámbito de la vida privada y familiar, estarán obligadas, en sus actividades y en las transacciones consiguientes, al cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad, evitando discriminaciones, directas o indirectas, por motivo de o por razón de discapacidad.”

Pues bien, lo mínimo que se puede pedir a un organismo como la CNMC es que sea respetuosa con las normas que protegen los derechos de los ciudadanos, especialmente cuando se trata de colectivos especialmente sensibles.

Califica de mito el que las gasolineras desatendidas sean menos seguras que las que disponen de personal.

Nuevamente el informe parece más un spot publicitario que otra cosa. La presencia de personal en las gasolineras constituye sin duda alguna la mejor medida de protección de las personas y el medio ambiente: por la resolución inmediata de cualquier accidente que se pueda producir, porque pueden manejar unos extintores de la manera más eficaz acorde con la formación recibida, porque recogen habitualmente los pequeños derrames que se producen en el suministro, con los productos indicados para ello, e introduciendo los residuos contaminados en contenedores homologados para su posterior tratamiento en las plantas autorizadas. No es cuestión de repasar lo que supone la actividad cotidiana de una gasolinera, pero si recomendamos a los autores del informe que lo hagan.

Propone desregular el urbanismo para que se puedan poner gasolineras en cualquier sitio.

Concretamente dice: “...eliminar toda disposición que restrinja la aparición de nuevos formatos de EE.SS., por ejemplo, en aparcamientos de supermercados, talleres de vehículos de motor o comunidades de vecinos…” lo podrían haber resumido diciendo pongan una gasolinera en su vida.

No encontramos palabras para contestar éste despropósito, simplemente les recordamos las múltiples sentencias del Tribunal Constitucional al respecto de la intromisión del Gobierno Central en materias urbanísticas. En especial la de 1 de noviembre de 2.012 en la que declara inconstitucional lo legislado en el RD 6/2000 de Medidas Urgentes de Intensificación de la Competencia en Mercados de Bienes y servicios, en lo referente a introducir medidas de carácter urbanístico para favorecer la instalación de gasolineras en Hipermercados.

Las asociaciones Vecinales han reivindicado siempre su derecho a ser informadas y por lo tanto a alegar lo que estimen conveniente, cuando de la instalación de una gasolinera se trata. Los ayuntamientos, con la aprobación de las Comunidades Autónomas, desarrollan el urbanismo que creen más conveniente para sus vecinos con el aval que han recibido después de pasar por unas elecciones. Pues bien, la CNMC recomienda que todo eso no valga para nada, se desregule y se permita que se instale una gasolinera en cualquier sitio. La recomendación de instalarlas en Comunidades de Vecinos lo tomaremos como una nota humorística del autor del informe.

Recomienda el informe que se eliminen las restricciones impuestas a las cooperativas para vender carburantes a terceros no socios y pase a ser un competidor más en el sector.

Las cooperativas agrícolas pretenden, como uno más de sus objetivos, facilitar a sus asociados mejores condiciones de compra de los productos necesarios para sus explotaciones. Es indudable que el gasóleo es uno de ellos y por eso se permite que se venda en las Cooperativas y además se le bonifica fiscalmente cuando es para uso agrícola, es decir paga menos impuestos que el gasóleo habitual que se usa para los vehículos, aunque sus características básicas sean las mismas. Igualmente, las Cooperativas tienen una fiscalidad distinta a la de una empresa mercantil porque se organiza para resolver una necesidad común de sus asociados, no para obtener una ganancia mediante la organización de una empresa.

Por lo tanto, querer convertir a las Cooperativas en un actor más del sector es ignorar el origen y el fin de las mismas, al margen de lo paradójico que resulta que un organismo que vela por mercados con competencia, promueva la entrada de organismos con una fiscalidad menor para competir con el resto de empresas.

Por otra parte, la CNMC recuerda la excelente seguridad de las instalaciones de las Cooperativas y da como ejemplo el hecho de que no se tenga conocimiento de grandes incidentes en las mismas.

Las Cooperativas, precisamente por el objeto de su existencia, han gozado de cierto relajo en cuanto a su inspección. De hecho, teniendo que estar reguladas por las mismas normas de seguridad industrial, de control de medidas y medioambiental que una gasolinera, en muchas Comunidades no se les aplican éstas normas, y su no aplicación se justifica porque no se produce una venta al público, y por tanto no hay que vigilar que el consumidor resulte engañado, y que sus suministros son menores en número que los de una gasolinera y por lo tanto menor es también el riesgo de accidente.

Finalmente, la CNMC hace una comparativa con otros países de la UE en cuanto a instalación de gasolineras desatendidas.

La CNMC considera que en nuestro país existen actualmente un 5% de instalaciones desatendidas, hay que tener en cuenta que la inmensa mayoría se han inaugurado entre el año anterior y éste, por lo que no se puede aventurar en qué porcentaje nos podríamos encontrar en pocos años, y lo considera claramente insuficiente comparado como repite en varias ocasiones con lo que pasa en países como Suecia, con un 61,1 %, o Dinamarca con un 65,9 % de implantación. Luego están países como Bélgica u Holanda que están en el entorno del 20 %. Sin embargo, no destaca que hay otros países que no han seguido esa senda, que son nuestros vecinos y a los que aspiramos a parecernos en tantos sectores.

• Alemania 4,6 % de implantación de gasolineras desatendidas

• Francia 8,8%

• Italia 0,7 %

• Reino Unido 2,9%.​

Fuente: UGT-FICA